Modelo 347 del ejercicio 2023: Plazos y presentación

por | Feb 1, 2024

El mes de febrero, bien podría llamarse mes del Modelo 347, especialmente para los asesores fiscales y empresas en general que ven en esta obligación tributaria una carga de trabajo adicional. Recordemos que el Modelo 347 de Declaración de operaciones con terceras personas es una obligación fiscal que deben cumplir los empresarios y profesionales que, durante 2023, hayan realizado operaciones con terceras personas por un importe superior a 3.005,06 euros (IVA incluido) o a 6.000 euros en metálico (IVA incluido). El plazo para cumplir con esta obligación fiscal frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) arrancó el pasado 1 de febrero y finalizará el próximo 28 de febrero de 2024.

Este Modelo 347 obliga a los empresarios y profesionales que desarrollen actividades empresariales o profesionales y que hayan realizado, durante el anterior ejercicio 2022, operaciones con terceras personas cuyo valor supere los 3.005,06 euros (IVA incluido) o los 6.000 euros en metálico (IVA incluido), a presentar el Modelo 347 del ejercicio 2022 de Declaración anual de operaciones con terceras personas.

No obstante, se elimina la obligación de presentación del Modelo 347 si se dan alguna de estas situaciones:

  • Realización de cobros por cuenta de terceros de honorarios profesionales o derechos derivados de la propiedad intelectual, industrial o de autor o por cuenta de sus socios, asociados o colegiados inferiores a 300,51 euros.
  • La sede de su actividad, los establecimientos permanentes y, en último lugar, el domicilio fiscal de la persona física o jurídica no está en España.
  • Las personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas que tributen simultáneamente en IRPF por el método de estimación objetiva y el IVA por el régimen simplificado de agricultura, ganadería y pesca o recargo de equivalencia.
  • Las personas físicas o jurídicas que hayan realizado exclusivamente operaciones no sometidas al deber de la declaración.
  • Los obligados tributarios que tengan que informar sobre las operaciones incluidas en los Libros Registro de devolución mensual de IVA o IGIC, es decir, las operaciones incluidas en el Modelo 340.
  • Las entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios que se reflejan en el Modelo 349.

Plazo y presentación del Modelo 347 del ejercicio 2023

El plazo para la presentación del Modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas del ejercicio 2023 arrancó el pasado 1 de febrero y finalizará el próximo 28 de febrero de 2024.

Como es ya tradicional, su presentación se debe realizar a través de la Sede Electrónica de la AEAT.

Si desea que, desde GEFISCAL | ETL GLOBAL nos encarguemos de la confección y presentación del Modelo 347 de su empresa o negocio, puede contactar con nuestro Despacho en los teléfonos 927 248 400 y 919 545 414 para solicitar presupuesto.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es