El IVA al 0% de los alimentos de primera necesidad finalizará el 30 de septiembre

por | Jun 26, 2024

El Consejo de Ministros ha aprobado la prórroga de la rebaja del IVA al 0% de los alimentos de primera necesidad hasta el 30 de septiembre de 2024 incluyendo en este grupo además al aceite de oliva. Recordemos que esta medida fue aprobada por el Ejecutivo en enero de 2023 para paliar los efectos de la inflación y el impacto negativo en la economía a causa de la guerra de Ucrania.

Los alimentos que están incluidos en esta categoría son leche, pan, harinas, frutas, verduras hortalizas, legumbres, cereales, quesos y huevos, a los que se sumará el aceite de oliva.

Una vez finalice esa prórroga del 0% a los alimentos de primera necesidad, se abrirá una fase en la que, paulatinamente, estos productos irán recuperando su IVA tradicional hasta volver a la situación previa a enero de 2023.

De este modo, los productos con el tipo superreducido experimentarán los siguientes cambios a partir del 30 de septiembre:

  • Hasta el 30 de septiembre: Tendrán un 0% de IVA.
  • Del 1 de octubre al 31 de diciembre: Tendrán un IVA del 2%.
  • A partir del 1 de enero de 2025: Tendrán un IVA del 4%.

Asimismo, el resto de aceites de semillas y las pastas alimenticias de la cesta de productos con IVA reducido, permanecerá en el 5% hasta el 30 de septiembre y pasará al 7,5% desde el 1 de octubre hasta finales de año.

El aceite se incluye como alimento de primera necesidad y pasará a tener un IVA superreducido del 0% hasta el 30 de septiembre

El aceite de oliva ha sido el último alimento que ha pasado a formar parte de los productos de primera necesidad sometidos a un IVA superreducido. Así, hasta el 30 de septiembre estará gravado con un 0% para pasar finalmente, una vez finalice esta rebaja fiscal, al 4%.

Esta medida y otras están contempladas en el Real Decreto – Ley 4/2024 aprobado hoy por el Consejo de Ministros mediante el que se prorrogan varias medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo y se aprueban otras nuevas en materia fiscal energética y social que prorroga alguna de las medidas adoptadas para paliar los efectos de la crisis de precios derivados de la guerra de Ucrania.

También se ha aprobado la prórroga hasta final de año la prohibición de interrumpir por impago los suministros básicos a los consumidores vulnerables; el descuento del bono social eléctrico se extiende hasta el 30 de junio del próximo año, aunque irá disminuyendo de forma progresiva y a la tarifa de último recurso (TUR) del gas natural se le concede carácter indefinido para las comunidades de propietarios.

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Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es