Impuesto sobre Actividades Económicas: Plazos y Presentación

por | Feb 5, 2016

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]E l Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) grava las actividades económicas, empresariales, profesionales o artísticas realizadas en territorio nacional por las personas físicas, jurídicas y las entidades contempladas en el artículo 35.4 de la Ley 58/2003 de 17 de Diciembre, General Tributaria pero, ¿Cómo funciona este impuesto? ¿Cuándo y cómo se tienen que presentar las Declaración del IAE? Desde Arrabe Asesores, como expertos en Asesoría Fiscal – Contable para empresas y particulares, resolvemos todas estas dudas.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]

¿Qué es y cómo funciona el Impuesto sobre Actividades Económicas?

El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un impuesto que grava la realización en territorio nacional, ya sea a nivel local, provincial o estatal, de una actividad empresarial, económica, profesional o artística por las personas físicas, jurídicas y entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición.

Sin embargo hay una serie de sujetos pasivos que están exentos de pagar este Impuesto como por ejemplo:

  • Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español durante los dos primeros periodos impositivos de este Impuesto en los que se desarrolle aquella actividad.
  • Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, las Sociedades Civiles y entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición siempre que tengan un importe neto de la cifra de negocio inferior a 1.000.000 de euros y los contribuyentes por el IRPF siempre que operen en España mediante establecimiento permanente y tengan una cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.
  • Las personas físicas que sólo tendrían que cumplir con las obligaciones formales del Impuesto (Darse de alta en el Impuesto, comunicar posibles variaciones de su actividad…)

Para darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas lo primero de todo es identificar la actividad que se va a emprender dentro de las incluidas en la Ley y, que se encuentran clasificadas por epígrafes. Una vez localizado dicho epígrafe, lo deberás incluir en el Modelo 036 o 037 que presentes en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) cuando tramites el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

En función de la actividad y su epígrafe correspondiente se pueden dar dos situaciones:

  • La actividad está exenta de pagar el IAE: Deberás presentar los Modelo 036 y 037 para declarar las actividades económicas que vas a desarrollar.
  • La actividad no está exenta de pagar el IAE: Deberá presentar los Modelo 036 y 037 para declarar las actividades económicas que se vayan a desarrollar; el Modelo 840 de Declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas para comunicar el alta, baja o variación de datos y proceder al pago del Impuesto cuyo cuota variará en función de si ejerces la actividad a nivel local, provincial o estatal, así como el Modelo 848 del Importe neto de la cifra de negocios (salvo que hayan hecho constar dicho importe en la Declaración del Impuesto de Sociedades, la del Impuesto sobre la Renta de No Residentes o en el Modelo 184 de Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas).

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Desde Arrabe Asesores, como expertos en Asesoría Fiscal – Contable para empresas y particulares, nos encargamos de presentar el Impuesto sobre Actividades Económicas. Puede contactar con nosotros en el teléfono 917 140 489.

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Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es