La Comunidad de Madrid ha presentado su Proyecto de Ley de Presupuestos Generales para 2026, que incluye importantes novedades fiscales que afectarán a contribuyentes, trabajadores autónomos y empresas que entrará en vigor, si es aprobado por la Asamblea de Madrid, el próximo 1 de enero de 2026.
Desde GEFISCAL, como expertos en asesoramiento empresarial a empresas y particulares, analizamos las novedades fiscales contenidas en este Proyecto de Ley de la Comunidad de Madrid y las consecuencias e impacto para empresas y profesionales.
Nueva deducción del IRPF para jóvenes trabajadores que cursan estudios
Una de las principales novedades fiscales aprobadas por la Comunidad de Madrid para 2026 es la creación de una nueva deducción autonómica en el IRPF destinada a jóvenes menores de 30 años que estudien y trabajen al mismo tiempo en Madrid.
Se deberán reunir los siguientes requisitos:
- Ser menor de 30 años.
- Estar dado de alta como trabajador por cuenta propia o ajena al menos 300 días durante el año.
- Estar matriculado en estudios universitarios oficiales de Grado (primer ciclo), o ciclos formativos de grado superior de FP. Matriculación en el curso completo.
- Realizar la actividad laboral al menos durante 5 meses dentro del año fiscal.
No aplicará la deducción si se trabaja bajo contrato de formación.
Los beneficiarios podrán deducirse el 50% del coste de la matrícula, con un límite de 400 euros por ejercicio.
Para aplicar la deducción será necesario conservar justificantes de pago de la matrícula, acreditación de la matriculación en el curso completo y la documentación del período formativo y de alta en la Seguridad Social.
Esta deducción busca fomentar la formación y la empleabilidad de los jóvenes en la Comunidad de Madrid, incentivando el acceso a estudios superiores mientras se trabaja.
Bonificaciones del 95% en ITP y AJD para negocios con solera
Otra novedad destacada es la creación de una bonificación del 95% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y en Actos Jurídicos Documentados (AJD), dirigida a comercios y negocios de hostelería con larga trayectoria en la Comunidad de Madrid, lo que ha denominado La Comunidad como “comercio o negocio de hostelería con solera”.
Según el nuevo artículo 30 quinques del DLeg 1/2010, un comercio o negocio de hostelería con solera es aquel que:
- Está incluido en determinados epígrafes del IAE (comercio minorista, hostelería, servicios tradicionales, etc.).
- Ha desarrollado su actividad en Madrid durante al menos 50 años, independientemente de cambios de titularidad o forma jurídica.
Por tanto, podrán beneficiarse de esa bonificación las personas físicas o jurídicas titulares de estos negocios o aquellos que adquieran un inmueble para desarrollar su actividad o que continúen un negocio ya existente, manteniéndolo durante al menos 5 años.
La bonificación abarca actividades recogidas en diferentes epígrafes del IAE, como:
- Comercio minorista de alimentos, bebidas, tabaco y productos industriales.
- Restaurantes, cafeterías, bares, heladerías, chocolaterías.
- Hoteles, hostales y pensiones.
- Lavanderías, peluquerías, servicios fotográficos, entre otros.
Concretamente, los beneficios fiscales son:
- Bonificación del 95% en la cuota de ITP (Transmisiones Patrimoniales Onerosas) al adquirir un inmueble o negocio.
- Bonificación del 95% en AJD, aplicable también a contratos de arrendamiento de locales afectos al negocio.
Estas medidas buscan proteger y promover la continuidad de comercios históricos, impulsando la preservación del patrimonio empresarial madrileño.
Cambios en la tasa de prevención y extinción de incendios
El Proyecto también incluye una modificación en la tarifa para la cobertura del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamentos.
La cuota se calcula multiplicando 35 euros por el número de habitantes del municipio, con los siguientes límites según el año:
- Máximo 120,000 habitantes en 2026
- Máximo 130,000 habitantes en 2027
- Máximo 150,000 habitantes a partir de 2028
Este cambio responde a la necesidad de ajustar los recursos municipales destinados a la protección y seguridad pública.
Mantenimiento de las tasas autonómicas en 2026
La Comunidad de Madrid ha decidido mantener la cuantía de las tasas vigentes en 2025 durante todo el ejercicio de 2026 (artículo 63). Esta congelación fiscal pretende dar estabilidad a contribuyentes y empresas, salvo que se aprueben cambios específicos por ley.
Este paquete de medidas fiscales será próximamente sometido a votación en la Asamblea de Madrid y de contar con los suficientes apoyos entrará en vigor el 1 de enero de 2026.
Desde GEFISCAL os mantendremos informados de su entrada en vigor e impacto para empresas y autónomos.


