La AEAT informa de la desaparición del Modelo 179 sobre el alquiler turístico de vivienda

por | Oct 16, 2020

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]L a Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ha informado de la desaparición del Modelo 179 de Declaración Informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, después de que la Sala III de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Supremo anulara dicha obligación porque su tramitación no fue comunicada a la Comisión Europea como era preceptiva.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Así, la AEAT ha comunicado que la reciente sentencia del Tribunal Supremo declara la nulidad del apartado 11 del artículo primero del Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, que introduce un nuevo artículo 54.ter en el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria (Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, que regula la “Obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos”).

Dicha declaración de nulidad conlleva la desaparición de posibilidad de presentación de la correspondiente declaración informativa contenida en el Modelo 179 (Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos).

Así, tras la sentencia del Tribunal Supremo, ya no existe la obligación de presentar, de manera trimestral, el Modelo 179 de Declaración Informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, una obligación que correspondía a las personas y entidades que intermedien entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos situadas en territorio español, es decir, plataforma como Airbnb, que ya no tendrán que cumplir con esta obligación.[/vc_column_text][divider line_type=»No Line»][vc_column_text]

Qué dice la sentencia que anula en Modelo 179

La sentencia del Tribunal Supremo que ha desembocado en la desaparición del Modelo 179 anuló el artículo 54 ter del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria, que obligaba a los dueños de viviendas destinadas a uso turístico a informar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) de informar sobre la cesión de uso de vivienda con fines turísticos.

En la sentencia del TS, se anula la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos porque su tramitación no fue comunicada a la Comisión Europea como era preceptiva. El fallo se basa en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el ‘caso Airbnb’, de donde se desprende que una norma como el artículo 54 ter del citado Reglamento «debía haber sido notificada bajo la Directiva 1535/2015 (procedimiento de información en reglamentaciones técnicas) y que su falta de notificación conlleva su invalidez.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es