Comunidad Valenciana aprueba una bonificación al 99% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

por | Sep 8, 2023

Cada vez son más las regiones que apuestan por aumentan las bonificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La última en hacerlo ha sido Comunidad Valenciana que ha aprobado recientemente el Anteproyecto de Ley a través del cual el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones tendrá una bonificación del 99% en las transmisiones entre padres e hijos, entre cónyuges y entre abuelos y nietos.

Así, a partir de su entrada en vigor, todavía por definir, las transmisiones mortis causa (sucesiones) e inter vivos (donaciones) que se produzcan entre padres e hijos, entre cónyuges y entre abuelos y nietos tendrán una bonificación del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones como ya ocurre en otras regiones como Madrid o Canarias.

Reducciones adicionales en el Impuesto sobre Donaciones

Además, para el cálculo de la base liquidable del Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones, en las donaciones serán aplicables a la base imponible las siguientes reducciones:

  • En adquisiciones que se realizan por hijos o hijas o personas adoptadas menores de 21 años, se aplicará una reducción de 100.000 euros, más 8.000 euros por cada año menos de 21 que tenga la persona donataria, sin que la reducción pueda exceder de 156.000 euros.
  • En adquisiciones que se hagan por hijos o hijas o personas adoptadas de 21 o más años, por el cónyuge, padres o madres o adoptantes, se asignará una reducción de 100.000 euros.
  • En las adquisiciones por nietos o nietas se fijará una reducción de 100.000 euros si el nieto o nieta tiene 21 o más años, y 100.000 euros, más 8.000 euros por cada año menos de 21 que tenga el nieto o nieta, sin que, en este último año, la reducción pueda exceder de 156.000 euros.
  • En las adquisiciones realizadas por abuelos o abuelas, las reducciones serán de 100.000 euros.
  • En las adquisiciones por personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, y con discapacidad psíquica, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, se aplicará una reducción a la base imponible de 240.000 euros.
  • Cuando la adquisición se efectúe por personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que sean el cónyuge, padres o madres, adoptantes, hijos o hijas o personas adoptadas del o la donante, se aplicará una reducción de 120.000 euros. Igual reducción, con los mismos requisitos de discapacidad, resultará aplicable a los nietos o nietas y a los abuelos o abuelas.

¿Cuándo entrará en vigor la bonificación del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Valencia?

Una vez presentado el Anteproyecto de Ley deberá tramitarse y la intención es que su entrada en vigor tenga efecto retroactivo desde el pasado 28 de mayo, fecha de las Elecciones Municipales.

Desde GEFISCAL ETL GLOBAL os mantendremos informados de las novedades y de su completa entrada en vigor.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es