El Reglamento Veri*Factu, que obliga a las pymes y trabajadores autónomos a que sus sistemas informáticos de facturación estén adaptados a la normativa Veri*Factu, aplaza su entrada en vigor finalmente a el 1 de enero de 2027 para pymes y el 1 de julio de 2027 para trabajadores autónomos. Así lo ha aprobado el Consejo de Ministros realizado ayer, 2 de diciembre, materializándose en el Real Decreto – Ley 15/2025 de 2 de diciembre publicado en el BOE y que entra en vigor mañana, 4 de diciembre.
Recordamos que Veri*Factu tiene como objetivo que las facturas sean emitidas únicamente mediante un software certificado que garantice la autenticidad, integridad y trazabilidad de los pagos; además de facilitar el control inmediato por parte de Hacienda. No cumplir con ello traía consigo sanciones por incumplimiento de hasta 50.000 euros.
Esta es la segunda prórroga aprobada por el Ejecutivo para que la entrada en vigor de Veri*Factu. En esta ocasión se concede un año más para que pymes y trabajadores autónomos puedan adaptar sus sistemas de facturación a esta nueva normativa.
Nuevos plazos de entrada en vigor de VeriFactu
En base a lo establecido en el Real Decreto – Ley 15/2025, los nuevos plazos para Veri*Factu son los siguientes:
- Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deberán tener sus sistemas informáticos de facturación adaptados a Veri*Factu antes del 1 de enero de 2027. La fecha antes prevista era el 1 de enero de 2026.
- El resto de los obligados tributarios mencionados en el artículo 3.1 del Reglamento Veri*Factu tendrán que tenerlos operativos antes del 1 de julio de 2027. Este plazo será el aplicable, en concreto, a los trabajadores autónomos o contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades económicas, a los contribuyentes del IRNR que obtengan rentas mediante establecimiento permanente y a las entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas, sin perjuicio de la atribución de rendimientos que corresponda efectuar a sus miembros. Antes este plazo vencía el 1 de julio de 2026.
Lo que no sufre modificación alguna (ya que ya estaba en vigor) es la obligatoriedad para los productores y comercializadores de sistemas informáticos de facturación de comercializar únicamente programas que estén adaptados al Reglamento Veri*Factu. No obstante, para los sistemas informáticos incluidos en los contratos de mantenimiento plurianual, también se mantiene la remisión que ya antes se hacía a las fechas generales, así que la adaptación también se retrasa a 2027 y deberá realizarse conforme a las nuevas fechas señaladas en los dos puntos anteriores.
Más de 4 millones de empresas y autónomos deberán adaptarse a VeriFactu a partir de 2027
Según las estimaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), más de 4 millones de empresas y trabajadores autónomos deberán adaptar sus sistemas informáticos de facturación antes del 1 de enero de 2027 por lo que se abre ahora la posibilidad de tener más margen de actuación, una oportunidad para planificar y gestionar con tiempo los cambios que supone Veri*Factu.
Según el Observatorio TeeamSystem: radiografía y diagnóstico de pymes, autónomos y asesorías, sólo un 8% de las pymes y autónomos habían implementado este sistema mientras que un 15% estaba en proceso de hacerlo.
Aquellas empresas y autónomos que ya hayan adaptado sus sistemas informáticos de facturación podrán comenzar a utilizarlos cuando quieran siendo una oportunidad para comenzar a trabajar de esta forma con más tiempo.
¿Y qué ocurrirá con la facturación electrónica?
El aplazamiento de Veri*Factu acercará la entrada en vigor de esta normativa a la correspondiente a la facturación electrónica obligatoria para la que aún no hay fecha de entrada en vigor.
En este caso, la obligatoriedad será de un año para las empresas que facturen más de 8 millones de euros y de dos años si facturan menos de esa cantidad.
La RECOMENDACIÓN de GEFISCAL
Tras el aplazamiento de la entrada en vigor del Reglamento Veri*Factu hasta el 1 de enero de 2027 para empresas y 1 de julio de 2027 para trabajadores autónomos, desde GEFISCAL recomendamos a empresas y profesionales que utilicen este próximo año para adaptar sus sistemas de facturación a esta normativa, que aprovechen este tiempo para poder cumplir en tiempo y forma con esta obligación.
¿Necesita ayuda con Veri*Factu? Desde GEFISCAL estamos a su disposición para asesorarle y recomendarle la mejor opción para su negocio. Solicite información y presupuesto a través de los teléfonos 927 248 400 y 919 545 414.


