[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]E l Virus Covid-19 o Coronavirus ya registra más de 418.985 casos en todo el mundo, de los cuales 41.938 están localizados en España y 12.352 sólo en la Comunidad de Madrid. Esta situación ha hecho necesario la declaración por parte del Gobierno del Estado de Alarma. [/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]El Gobierno ha acordado las siguientes medidas:
- Declaración del Estado de Alarma con limitación de circulación de las personas por las vías de uso público salvo para adquirir alimentos y bebidas, productos farmacéuticos y de primera necesidad, asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, desplazamiento al centro de trabajo, retorno al domicilio habitual, asistencia a mayores o dependientes, desplazamiento a entidades financieras y de seguros o por causa de fuerza mayor.
- Suspensión de todas las clases y actividades educativas desde cero años hasta la Universidad incluida, así como de las actividades complementarias educativas, durante 14 días que pueden ser prorrogables en función de la evolución del virus.
- Cierre de todo el comercio minorista, excepto los de alimentación y bebidas, de productos de primera necesidad, farmacéuticos, establecimientos médicos, ópticas y productos ortopédicos, de productos higiénicos, de prensa y papelería, de combustible para la automoción, estancos, de equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, de alimentos para animales de compañía, de comercio por Internet, telefónico o correspondencia y tintorerías y lavanderías.
- Los trabajadores que se encuentren en situación de aislamiento por haber sido contagiados por el Coronavirus se le reconocerá una incapacidad laboral asimilada a una baja laboral por accidente de trabajo.
- Prohibición de vuelos entre España e Italia hasta el próximo 25 de marzo de 2020.
- Suspensión de la apertura al público de museos, bibliotecas, monumentos, establecimientos donde se desarrollen espectáculos públicos, actividades deportivas y de ocio.
- Suspensión de la apertura al público de los locales de hostelería y restauración, aunque se les permitirá ofrecer servicio de entrega a domicilio.
- Suspensión de las verbenas, desfiles y fiestas populares.
- Suspensión de plazos procesales, administrativos, de prescripción y caducidad.
- Cierre de hoteles (fecha máxima el 26 de marzo de 2020).
Ante esta situación y en base a las medidas adoptadas por el Gobierno tras la declaración del Estado de Alarma y por corresponsabilidad con esta situación de emergencia sanitaria, desde la organización de Arrabe Asesores informamos a nuestros clientes de las medidas que, a nivel interno, hemos decidido adoptar para salvaguardar en todo momento la seguridad, salud y bienestar de nuestro equipo, así como de nuestros clientes:
- Cancelación de reuniones físicas siendo sustituidas por llamadas telefónicas o videoconferencias.
- Recabar cualquier documentación de clientes (facturas, documentación mercantil, contratos, nóminas…) a través de correo electrónico para evitar desplazamientos y posibles contagios.
- Teletrabajo para toda la organización cumpliendo con las recomendaciones del Gobierno.
- Ejecución de nuestro Plan de actuación de emergencias frente al virus Covid-19 Coronavirus en una empresa.
- Cierre de TODAS nuestras oficinas físicas (Madrid, Las Rozas de Madrid, Pozuelo de Alarcón y San Martín de la Vega).
Desde Arrabe Asesores le informamos que continuaremos ofreciendo nuestros servicios a clientes con total normalidad, pudiendo contactar con nuestro equipo a través de las vías habituales:
- Teléfono: 917 140 489 en horario ampliado de 09:00 horas a 19:00 horas de manera ininterrumpida de lunes a jueves y de 09:00 a 14:00 horas los viernes.
- A través de nuestra Página Web.
- A través de los correos electrónicos de nuestros asesores o bien a través de info@arrabeasesores.es y madrid@arrabeasesores.es. En la medida de lo posible, contacten con nuestro Despacho a través de vía email, evitando llamar a nuestro teléfono directo para evitar colapsar nuestro teléfono. Si necesitan hablar con uno de nuestros expertos, contacten primero vía email solicitando que uno de nuestros profesionales contacte con Usted lo que hará a la mayor brevedad posible.
Desde Arrabe Asesores estamos trabajando con total normalidad y lamentamos las molestias, tiempos de espera y problemas que esta excepcional situación pueda generarles, pero les aseguramos que estamos poniendo todo de nuestra parte para poder ofrecerles el mejor servicio.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]