Cómo solicitar el Borrador de la Renta 2022

por | Abr 11, 2023

Desde el 11 de abril de 2023, los contribuyentes ya pueden solicitar su Borrador de la Renta 2022 a través de la App de la Agencia Tributaria o de la Plataforma RENTA WEB, disponible a través de la Página Web de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT). pero ¿Cómo se puede solicitar el Borrador de la Declaración de la Renta 2022 a través de estas plataformas? ¿Es recomendable siempre solicitar este Borrador y proceder a su confirmación?

Solicitud del Borrador de la Declaración de la Renta 2022 a través de la App de la Agencia Tributaria

Para poder solicitar el Borrador, confirmarlo y presentar la Declaración de la Renta 2022 las vías disponibles son a través de la App de la AEAT, introduciendo el DNI y fecha de validez del mismo, siempre que se tenga Cl@ve PIN; certificado electrónico o introduciendo los datos que figuran en la Casilla 505 de la Declaración de la Renta 2021. Este número de referencia nos permitirá descargar nuestros datos fiscales, así como solicitar el Borrador de la Renta 2022 y presentar la Declaración de la Renta 2022 a través de la App.

Una vez que se ha accedido a la App se puede solicitar el Borrador y presentar la Declaración de la Renta 2022, pero no será posible realizar modificaciones del Borrador. Para realizar cualquier modificación del Borrador, será necesario acceder a éste a través de RENTA WEB.

Por este motivo, desde GEFISCAL ETL GLOBAL recomendamos NO presentar la Declaración de la Renta 2022 a través de la App ya que puede haber datos incorrectos o que falten y que afecten al resultado de la Declaración. En este caso, nuestro consejo siempre será contar con profesionales de cara a revisar con detalle la información con la que cuenta la AEAT para modificar o añadir la información que proceda.

Solicitud del Borrador de la Declaración de la Renta 2022 a través del Programa RENTA WEB

El Borrador de la Renta 2022 se puede solicitar a través de la Plataforma RENTA WEB a la que se accede a través de las siguientes vías:

  • Con certificado electrónico de identificación.
  • Con DNI electrónico.
  • Con Cl@ve PIN (el antiguo PIN24H) introduciendo NIF/NIE y fecha de validez del mismo.

Con el número de referencia y/o casilla de la Declaración de la Renta de 2021. Este número de referencia se obtiene introduciendo el importe consignado en la Casilla 505 de la Declaración de la Renta 2021, junto al NIF/NIE del contribuyente y la fecha de vigencia del mismo.

Todos los contribuyentes, independientemente del tipo de rendimientos que hayan obtenido durante 2021, podrán solicitar el Borrador de la Renta 2022. Así, todos los contribuyentes podrán solicitar el Borrador de la Declaración de la Renta 2022 desde el 11 de abril al 30 de junio de 2023, plazo que disponen también para realizar cualquier consulta, modificación o para su confirmación independientemente de que el resultado sea a ingresar, a devolver o negativo. No obstante, si el resultado de la Declaración de la Renta 2022 es a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la fecha límite será el 27 de junio de 2023.

¿Qué hacer una vez solicitado el Borrador de la Renta 2022?

Una vez solicitado el Borrador de la Renta 2022, lo primero que nos va a solicitar el programa es introducir nuestro domicilio actual (dirección exacta y referencia catastral de la misma) e indicar el uso de dicha vivienda (si es vivienda habitual o si está a disposición de los titulares en el caso de que se trate de segundas viviendas).

A continuación, se debe comprobar si los datos personales (fecha de nacimiento, NIF, teléfono o domicilio), económicos (información sobre inmuebles y referencias catastrales), familiares (hijos o cambios en la situación personal), así como los relativos a deducciones o reducciones consignados en él son correctos o no. Esto es muy importante porque las circunstancias personales y familiares pueden influir mucho en el resultado de la Declaración.

Si los datos no son correctos o faltan datos, es fundamental modificar ese Borrador para actualizar los datos. Se podrá modificar a través de RENTAWEB o bien con la ayuda de un profesional. En caso de duda, recomendamos que contacten con un asesor profesional como Arrabe Asesores.

Último paso: Confirmar el Borrador y presentar la Declaración de la Renta 2022

Si lo datos consignados en el Borrador son correctos se puede confirmar el Borrador y, en caso contrario, se puede modificar a través de RENTA WEB con el número de Referencia, certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve PIN y, una vez que haya sido modificado y esté correcto, se puede proceder a su confirmación y presentación.

Una vez confirmado el Borrador de la Renta 2022, para proceder a su presentación hay que tener en cuenta que se deberán seguir unos plazos, si el resultado es a devolver o negativo, a ingresar con domiciliación bancaria o a ingresar sin domiciliación bancaria.

En primer lugar, si el Borrador a confirmar tiene un resultado negativo o a devolver se puede confirmar a través de las siguientes vías:

  • A través del teléfono 901 200 345 indicando el número de referencia del borrador, el NIF y el código de cuenta bancaria IBAN.
  • A través de Internet indicando el número de referencia, utilizando el sistema Cl@ve PIN o con certificado o firma electrónica.
  • En cualquier oficina de la AEAT, siempre que se haya solicitado cita previamente.

En cambio, si el resultado es a ingresar y el contribuyente opta por la domiciliación bancaria, el Borrador se podrá confirmar y presentar la Declaración de la Renta 2022 a través de las siguientes vías:

  • A través de Internet facilitando su NIF/NIE y en número de referencia de su Borrador o utilizando el certificado o firma electrónica o Cl@ve PIN. Para la domiciliación se le requerirá el número de cuenta bancaria y las opciones de fraccionamiento del pago y domiciliación bancaria. Si la Declaración es aceptada, la AEAT remitirá al contribuyente la declaración, el documento de ingreso o devolución validando con un código seguro de verificación de 16 caracteres que se deberá imprimir y conservar como justificante de pago.
  • A través del número de teléfono 901 200 345 facilitando el NIF/NIE, el número de referencia y el número de cuenta bancaria.
  • En cualquiera de las oficinas de la AEAT, siempre que se haya solicita cita previa con anterioridad.

Finalmente, si la Declaración es a ingresar, pero el contribuyente no opta por la opción de domiciliación bancaria, el Borrador se confirmará a través de Internet con el certificado electrónico o DNI electrónico. Para confirmar el Borrador con el número de referencia o los datos fiscales, es necesario ingresar previamente la cantidad correspondiente en una entidad bancaria que deberá facilitarnos el Número de Referencia Completo (NRC).

Confección y presentación de la Declaración de la Renta 2022

Presentar la Declaración de la Renta 2022 a través de la confirmación del Borrador puede ser muy tentador, pero debemos tener en cuenta los riesgos que esto implica. El Borrador puede contener información incompleta o no exacta, puede haber deducciones que no estén incluidas lo que puede afectar seriamente al resultado de la Declaración.

En este sentido, desde GEFISCAL ETL GLOBAL recomendamos siempre contar con un asesor especializado antes de proceder a la confirmación del Borrador. Si tiene alguna duda o quiere contar con la ayuda de nuestra área fiscal para la presentación de la Declaración de la Renta 2021 no dude en contactar con nosotros en el teléfono 919 545 414 o 927 248 400. Solicite ya presupuesto desde nuestro Portal de la Campaña de Renta y Patrimonio 2022.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es