Extremadura aprueba un programa de ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad

por | Sep 20, 2024

Fomentar el empleo de las personas con discapacidad en la región de Extremadura es el objetivo que persigue la Junta de Extremadura con el nuevo programa de ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, regulado en el Decreto 98/2024, de 27 de agosto.

El programa cuenta con tres líneas de actuación:

  • Fomentar la contratación de personas trabajadoras con discapacidad, así como favorecer el tránsito del empleo protegido desde los enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo.
  • Adaptar los puestos de trabajo de las personas trabajadoras con discapacidad, dotar de equipos de protección personal y eliminar las barreras u obstáculos, que impidan o dificulten su trabajo.
  • Favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo.

Desde GEFISCAL ETL GLOBAL, como expertos en tramitación y gestión de ayudas y subvenciones, analizamos con detalle quiénes pueden solicitar estas ayudas y qué requisitos deben reunir.

Quiénes pueden acceder a las ayudas para fomento del empleo de personas con discapacidad

Las tres líneas de actuación están dirigidas a:

  • Trabajadores autónomos.
  • Cooperativas
  • Grandes empresas.
  • Pymes.

Importe de las ayudas para fomento del empleo de personas con discapacidad

Programa I de subvenciones para la contratación de personas con discapacidad en empresas ordinarias

Este programa de ayudas para la consolidación y profesionalización de los trabajadores autónomos cuenta con cuatro líneas de actuación:

Para la línea I de subvenciones para la contratación indefinida de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias, se establecen las siguientes cuantías:

  • 12.000 euros para contrataciones de mujeres discapacitadas y de personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral.
  • 10.000 euros para contrataciones del resto de las personas con discapacidad no incluidas en el anterior apartado.

Para la línea II de subvenciones para la contratación indefinida por empresas ordinarias de personas con discapacidad procedentes de los enclaves laborales se establecen las siguientes cuantías:

  • 14.000 euros para contrataciones de mujeres discapacitadas y de personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral.
  • 12.000 euros para contrataciones del resto de las personas con discapacidad no incluidas en el apartado anterior.

Para la línea III de subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales en indefinidos celebrados con personas con discapacidad, la cuantía de la subvención será la siguiente:

  • 7.000 euros para contrataciones de mujeres discapacitadas y de personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral.
  • 6.000 euros para contrataciones del resto de las personas con discapacidad no incluidas en el párrafo anterior.

Para la línea IV de subvenciones para la contratación temporal de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias, la cuantía de la subvención será la siguiente:

  • 5.000 euros para contrataciones de mujeres discapacitadas y de personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral.
  • 4.000 euros para contrataciones del resto de las personas con discapacidad no incluidas en el apartado anterior.

Cuando las contrataciones subvencionables se suscriban a tiempo parcial, los importes de las ayudas serán proporcionales a la duración de la jornada estipulada en el contrato.

Programa II de subvenciones para la adaptación del puesto de trabajo

Este programa está dirigido a adaptación de los puestos de trabajo de las personas trabajadoras con discapacidad, dotación de equipos de protección personal y a eliminar las barreras u obstáculos, que impidan o dificulten su trabajo.

La cuantía de la subvención por la implantación de medidas de adaptación individual será de un máximo de 2.000 euros por cada persona trabajadora con discapacidad para la que se haya realizado dicha adaptación.

El importe de la subvención no podrá ser superior al coste de la medida de adaptación subvencionada.

Programa III de subvenciones al empleo con apoyo

Este programa de ayudas está dirigido a favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo.

La subvención se destinará a financiar los costes derivados de la contratación de los preparadores y de las preparadoras laborales que se generen durante el desarrollo de las acciones del empleo con apoyo, dentro de cada proyecto de empleo con apoyo por el que se solicite ayuda, o en su caso de sus prórrogas.

El importe de la subvención por proyecto de empleo con apoyo se establecerá en función del número de personas trabajadoras que sean contratadas por la empresa del mercado ordinario y del tipo y grado de discapacidad de estas personas destinatarias de las acciones de empleo con apoyo, correspondiendo para una jornada laboral a tiempo completo:

  • 11.083,33 euros anuales por cada persona trabajadora con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental, con discapacidad intelectual o con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %.
  • 6.650,00 euros anuales por cada persona trabajadora con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.
  • 4.156,25 euros anuales por cada persona trabajadora sorda y con discapacidad auditiva con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
  • 1.625,00 euros anuales por cada persona trabajadora con capacidad intelectual límite, que acredite al menos un 20% de discapacidad intelectual reconocida y que no alcance el 33%.

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo para solicitar esta ayuda es del 19 de septiembre de 2024 al 18 de septiembre de 2025.

Si desean que, desde GEFISCAL ETL GLOBAL nos encarguemos de la presentación de esta ayuda en su nombre, pueden solicitar presupuesto en el teléfono 927 248 400.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es