Bono Alquiler Joven: 200 millones para facilitar la emancipación en España

por | Oct 28, 2024

La pasada semana, el Ejecutivo anunció el reparto de 200 millones de euros para ampliar el presupuesto destinado al Bono Alquiler Joven. Mediante esta iniciativa del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, reactiva para los próximos dos años una herramienta nacida 2022, regulado por el Real Decreto 903/2022.

El propósito de la ayuda es adelantar la emancipación de los jóvenes con escasos medios económicos, a través del disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o cesión de uso.

El programa de ayudas de ayudas cuenta con tres líneas de actuación:

  • Facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes en todo el territorio nacional.
  • Cubrir el seguro de impago, a través de un plan estatal para el acceso a la vivienda.
  • Ampliar la oferta de vivienda a precios asequibles.

Desde GEFISCAL ETL GLOBAL, como expertos en tramitación y gestión de ayudas y subvenciones, analizamos con detalle quiénes pueden solicitar estas ayudas y qué requisitos deben reunir.

Quiénes pueden acceder a las ayudas del Bono Alquiler Joven

El Real Decreto 903/2022, de 25 de octubre que contempla las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Bono de Alquiler Joven, establece que podrán acceder a estas ayudas personas jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener entre 18 y 35 años.
  • Poder acreditar rentas de trabajo.
  • Ser residente en España.
  • No ser propietario o usufructuario de alguna vivienda en España.
  • Ingresos anuales tres veces menores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)

Los requisitos pueden verse alterados en función de las condiciones establecidas por cada comunidad o ciudad autónoma.

Límites y compatibilidad de las ayudas del Bono Alquiler Joven

Para poder acceder a este programa de ayudas será necesario que la renta de la vivienda no supere los 600 euros anuales, y los 300 euros cuando se trate del alquiler de habitación.

Estos límites ascienden hasta los 900 y 450 euros anuales en aquellas zonas donde los costes de la vivienda son más elevados.

Además, los importes para sufragar plazas de garaje, trasteros o similares no son subvencionables.

Por otro lado, es posible combinar esta ayuda con otras subvenciones dirigidas a personas en situación de especial vulnerabilidad y que persiguen el mismo fin. Además, es compatible con prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y con el Ingreso Mínimo Vital.

No se podrá superar el 40% de la diferencia entre el alquiler de la vivienda y la ayuda del Bono Alquiler Joven, con el límite conjunto del 75% de la renta del alquiler.

Importe de las ayudas del Bono Alquiler Joven

La cuantía de las ayudas será de 6.000 euros distribuidos en  250 euros al mes durante dos años.

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo para solicitar esta ayuda será el establecido por las distintas comunidades o ciudades autónomas.

Si desean que, desde GEFISCAL ETL GLOBAL nos encarguemos de la presentación de esta ayuda en su nombre, pueden solicitar presupuesto en el teléfono 927 248 400.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es