Ayudas para la inversión y modernización de pymes comerciales

por | Feb 7, 2020

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]L a Comunidad de Madrid ha lanzado una convocatoria de ayudas de hasta 20.000 euros dirigida a pymes comerciales que hayan realizado proyectos de inversión dirigidos a la modernización e innovación de sus establecimientos y de sus procesos de negocio, contribuyendo a la mejora de la competitividad del sector comercial.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Este programa de ayudas está dirigido a pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales que formen parte de un Estado Miembro y que operen en la Comunidad de Madrid. Para poder optar a estas ayudas, las empresas y profesionales tienen que operar dentro de los siguientes sectores de comercio minorista:

  • Frutas y verduras
  • Carnes, huevos, caza y granja
  • Pescados
  • Pan, pasteles, confitería y lácteos
  • Vinos y bebidas
  • Labores tabaco y artículos para fumadores
  • Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general
  • Textil y calzado
  • Productos de droguería, perfumería, plantas e hierbas, herbolarios, construcción, bricolaje, otros artículos de hogar
  • Vehículos terrestre, aéreos, fluviales y marítimos, maquinaria
  • Accesorios y recambios de vehículos
  • Cubiertas y cámaras de aire
  • Bienes usados
  • Instrumentos de música y accesorios
  • Sellos, monedas, medallas, artículo coleccionista
  • Muebles y máquinas de oficina
  • Aparatos médicos, ortopédicos
  • Libros, periódicos, revistas
  • Artículos de joyería, relojería y bisutería
  • Juguetes, artículos de deporte, armas
  • Semillas, abonos, flores y plantas
  • Comercio ambulante

¿Qué actuaciones realizadas por las pymes comerciales son subvencionables?

Para poder optar a la subvención, las pymes y empresarios deberán llevar a cabo las siguientes actuaciones:

  • Obras de ampliación, transformación o nueva implantación de establecimientos comerciales
  • Adquisición de equipamiento y mobiliario especializado que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y para la exposición de productos.
  • Adquisición de equipos informáticos dirigidos a la implantación y mejora del comercio electrónico, así como a proyectos que permitan la implantación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en los procesos de negocio comerciales con un límite de inversión de 10.000 euros, impuestos excluidos.

Las actuaciones deberán ser realizadas por las pymes o empresarios entre el 16 de septiembre de 2019 y el 15 de septiembre de 2020, siempre que alcancen en su conjunto el coste mínimo de 10.000 euros y suscribiendo contratos a precio de mercado.

Por su parte, respecto de los activos en que se materialicen las inversiones realizadas, el beneficiario deberá destinar los bienes al fin para que se concedió la ayuda, por un periodo que no podrá ser inferior a dos años a contar desde la fecha de ejecución de las inversiones.

Cuantía de las ayudas para la inversión y modernización de pymes comerciales

El importe de las ayudas dependerá del importe de los gastos subvencionables, pero siempre sujeto a las siguientes condiciones:

  • Se subvencionará el 50% del presupuesto aceptado con un máximo de 20.000 euros y un establecimiento comercial por beneficiario.
  • El proyecto ejecutado debe incluir actuaciones en todas las líneas de actuación comprometidas y reflejadas como tales en la orden de concesión.
  • El importe dependerá de las actuaciones ejecutadas y justificadas.
  • Si la empresa opera en varios sectores y uno de ellos no está comprendido en los beneficiarios de esta ayuda, la base de la subvención se calculará prorrateando los gastos efectuados según la superficie del local comercial o punto de venta que se dedique a la actividad subvencionable.

Si está interesado en solicitar esta ayuda, puede contactar con nuestro Despacho en el teléfono 917 140 489 para que nos encarguemos de todos los trámites para su solicitud antes del próximo 21 de febrero de 2020.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es