El programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid 2025 incluye una importante ayuda para la contratación de personas con discapacidad y otros colectivos especialmente vulnerables con importes de hasta 9.500 euros por beneficiario.
Esta línea de actuación está dirigida a facilitar la contratación indefinida de personas desempleadas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% y personas con capacidad intelectual límite pertenecientes a alguno de los siguientes colectivos especialmente vulnerables: mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual, víctimas de terrorismo y personas en situación o riesgo de exclusión social.
Así viene contemplado en el programa de ayudas para la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid publicado en el BOCM de 30 de diciembre.
Desde GEFISCAL ETL GLOBAL, como expertos en asesoramiento de subvenciones analizamos quién podrá solicitar las ayudas dirigidas a la contratación de personas con discapacidad y colectivos especialmente vulnerables.
Quiénes pueden solicitar las ayudas para la contratación de personas con discapacidad y colectivos vulnerables
Podrán ser beneficiarios de este programa de ayudas:
- Personas trabajadoras autónomas.
- Empresas.
- Entidades privadas sin ánimo de lucro.
- Sociedades civiles.
- Comunidades de bienes.
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas.
- Cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que no tiene personalidad jurídica propia.
- Entes, organismos y entidades que formen parte del sector público.
Asimismo, las empresas solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- Tener domicilio social y fiscal en territorio español.
- Estar al día con el pago de impuestos y obligaciones con la Seguridad Social.
- Estar al corriente del pago de las cuotas a la mutualidad profesional en el caso de profesionales colegiados.
- No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que estén garantizadas.
- Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales según lo establecido en la normativa reguladora.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
Por su parte, las personas contratadas deben:
- Ser personas desempleadas.
- Pertenecer a alguno de estos colectivos: personas con discapacidad que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%; personas con capacidad intelectual límite; mujeres víctimas de violencia de género; víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual; víctimas de terrorismo o personas en situación o riesgo de exclusión social.
- El centro de trabajo de la persona contratada debe estar ubicado en la Comunidad de Madrid y tener asignando un código de cuenta de cotización de la Seguridad Social correspondiente a la Comunidad de Madrid.
- El contrato se realizará por escrito en el modelo establecido por el Servicio Público de Empleo Estatal y la persona contratada debe haber sido dada de alta en la Seguridad Social con anterioridad a la presentación de la solicitud.
- Presentar la solicitud en el plazo de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
Importe de las ayudas para la contratación de personas con discapacidad
- Ayuda de 7.500 euros por cada contratación indefinida inicial o transformación en indefinido de un contrato temporal de personas con discapacidad que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Ayuda de 9.500 euros por cada contratación indefinida inicial a tiempo completo de personas en alguna de las siguientes situaciones: personas con discapacidad que presentan mayores dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo; personas con discapacidad procedentes de un enclave laboral; mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual, víctimas del terrorismo y personas en situación o riesgo de exclusión social.
- 500 euros por cada contratación indefinida inicial o transformación de contrato temporal en indefinido de personas con capacidad intelectual límite.
Las cuantías anteriores se pueden incrementar con importes adicionales, si se da uno o varios de los siguientes casos:
- 500 euros cuando la persona contratada es una mujer.
- 500 euros cuando la persona contratada está en una de estas dos circunstancias o en ambas: Tiene hijos o hijas menores de 16 años o tiene ascendientes a cargo en situación de dependencia.
- 000 euros, no acumulables al importe anterior si, además de tener hijos o hijas menores de 16 años, está en una o varias de las siguientes situaciones: Es una familia monomarental, parental o tiene la condición de familia numerosa.
- 000 euros para los autónomos que contraten a su primer empleado.
- 000 euros cuando la entidad beneficiaria es una empresa emergente (startup).
Si la contratación se hace a tiempo parcial, los importes anteriores se reducen proporcionalmente en función de la jornada establecida sin que sea exigible un porcentaje de jornada mínima tanto para personas con discapacidad como para colectivos especialmente vulnerables.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar la solicitud de estas ayudas es de 1 mes desde que se haya formalizado la contratación.
Si desean que, desde GEFISCAL ETL GLOBAL nos encarguemos de la presentación de esta ayuda en su nombre, pueden solicitar presupuesto en el teléfono 919 545 414.