Ayudas para la contratación indefinida en Extremadura para 2023

por | Mar 28, 2023

La Conserjería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura ha aprobado el programa de ayudas para la contratación indefinida en la región de Extremadura durante 2023, dirigido a empresas y profesionales que formalicen un contrato indefinido inicial o realicen la conversión de uno temporal en indefinido.

Este programa de ayudas consta de dos líneas de actuación:

  • Ayudas a la contratación indefinida inicial sin relación laboral temporal previa, por un lado, y con relación laboral temporal previa, por otro lado.
  • Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos.

Quiénes podrán solicitar estas ayudas para la contratación indefinida

Podrán solicitar estas ayudas:

  • Las empresas privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten.
  • Las personas trabajadoras autónomas.
  • Los profesionales colegiados, las asociaciones, las fundaciones, las entidades sin ánimo de lucro, las sociedades civiles y las agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica.

Requisitos de las contrataciones

Para optar a estas ayudas, se deben realizar contrataciones indefinidas a jornada completa realizadas con mujeres, hombres menores de 30 años y mayores de 50, personas que hayan participado en los doce meses anteriores a su contratación en políticas activas de empleo de la Junta de Extremadura gestionadas por el Servicio Extremeño Público de Empleo, y personas trabajadoras cuyo centro de trabajo esté en localidades de menos de 5.000 habitantes, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Contrataciones indefinidas iniciales a jornada completa que se trate de contratos suscritos con personas que el día de la contratación carezcan de ocupación laboral.
  • Transformaciones en indefinidos a jornada completa de los contratos temporales y formativos.

Importe de las ayudas

La cuantía de las ayudas dependerá de la base mínima mensual de cotización legalmente establecida para el Régimen General a la Seguridad Social por contingencias comunes que le corresponda al grupo de cotización de la persona trabajadora objeto de subvención vigente al día de publicación de la convocatoria.

Las bases diarias mínimas de cotización de los grupos 8, 9, 10 y 11 se multiplicarán por 30.

Para el programa de ayudas a la contratación indefinida sin relación laboral temporal previa, la cuantía de la ayuda será la que resulte de multiplicar por 4 la base mínima de cotización.

Para el programa de ayudas a la contratación indefinida con relación laboral temporal previa y para la conversión de temporal en indefinido, la cuantía de la ayuda será la que resulte de multiplicar por 2,5 la base mínima de cotización.

Las ayudas se incrementarán en 1.000 euros por cada uno de los siguientes supuestos:

  • Cuando las contrataciones o transformaciones se realicen con personas que sean paradas de larga duración.
  • Cuando las contrataciones o transformaciones se realicen con personas que hayan retornado de la emigración a la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los cinco años anteriores a la fecha de inicio del contrato objeto de subvención, o con personas jóvenes menores de 30 años que procedan del Sistema de Protección de menores, con independencia de que provengan de adopción, acogimiento o institucionalización, o cuando se trate de empresas en las que, a fecha de alta/transformación del contrato por el que se solicita subvención, concurra la Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial o bien tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad de Género, sin que exista la obligación legal establecida en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se ha iniciado el 28 de marzo y finalizará el próximo 31 de mayo de 2023, debiendo solicitarlo dentro del plazo de dos meses a contar desde la fecha de inicio de la contratación o de la transformación del contrato temporal a indefinido.

En el caso de contratos cuya fecha de inicio o conversión se haya producido entre el 5 de mayo de 2022 y el 27 de marzo de 2023, los solicitantes tendrán dos meses a contar desde el 27 de marzo para solicitar la ayuda.

Las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.

Si desean que, desde GEFISCAL ETL GLOBAL nos encarguemos de la presentación de esta ayuda en su nombre, pueden solicitar presupuesto en los teléfonos 927 248 400 y 919 545 414.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es