Fomentar el teletrabajo y las medidas de flexibilización de la jornada mejorando así la conciliación de la vida laboral y familiar son los objetivos que persigue el nuevo programa de ayudas económicas destinadas a personas trabajadoras autónomas y pymes dirigidas a la conciliación de la vida laboral y familiar aprobado recientemente por la Junta de Extremadura. Así viene contemplado en el Decreto 87/2025 de 29 de julio publicado en el DOE del 26 de agosto de 2025 que regula las bases y la primera convocatoria de estas ayudas.
Este programa que, ofrece ayudas de 2.500 euros por cada contrato de teletrabajo formalizado por la empresa hasta un máximo de 10.000 euros por empresa, cuenta con dos líneas de actuación:
- Línea 1 dirigida a empresas que formalicen acuerdos de teletrabajo no inferiores a 1 año con una o varias personas trabajadoras vinculadas a la empresa por contrato laboral, así como contratar nuevo personal en la modalidad de teletrabajo y establecimiento, en el propio contrato, del acuerdo que regule esta situación por un período de tiempo no inferior a un año.
- Línea 2 dirigido a empresas que formalicen acuerdos de flexibilidad horaria no inferior a un año con trabajadores con contrato laboral y/o acuerdos colectivos, firmados con más de un trabajador/a o, mediante acuerdo entre la empresa y los representantes del personal o, en su defecto, con la totalidad o parte de la plantilla. Las diferentes medidas de flexibilidad horaria, entre otras, podrán ser:
- Horario fijo-variable: El trabajador o trabajadora puede elegir un horario de entrada y salida específico, pero debe mantenerlo constante durante la semana.
- Horario flexible flotante: El trabajador o trabajadora puede compensar horas trabajadas en un día con horas libres en otro día siempre que cumpla con el número total de horas semanales.
- Horario flexible libre: El trabajador o trabajadora tiene la libertad de organizar su propio horario de trabajo, sujeto a la consecución de los objetivos establecidos por la empresa.
- Horario escalonado: Modelo de horario flexible basado en horarios flexibles y básicos dentro del mismo día, teniendo en cuenta que horario básico es el tiempo durante el cual un empleado debe estar disponible para realizar sus tareas laborales, generalmente establecido en un contrato de trabajo o convenio colectivo.
- Semana laboral comprimida: Permite trabajar más horas algunos días reduciendo así el número de días semanales trabajados.
- Banco de horas: El trabajador o trabajadora puede acumular horas extras trabajadas para tomar tiempo libre en el futuro.
Desde GEFISCAL ETL GLOBAL, como expertos en asesoramiento de subvenciones, analizamos quiénes podrán solicitar estas ayudas y qué requisitos deberán reunir.
Quiénes podrán solicitar estas ayudas para empresas de Extremadura que implanten el teletrabajo
Podrán solicitar estas ayudas de conciliación laboral y familiar:
- Trabajadores autónomos o por cuenta propia dadas de alta en el Régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, sean o no miembros de sociedades cooperativas de trabajo asociado.
- Sociedades laborales, sociedades civiles, comunidades de bienes o socios de sociedades mercantiles.
- Pequeñas y medianas empresas.
En cualquier caso, deberán reunir los siguientes requisitos:
- Tener contratados un mínimo de un trabajador y un máximo de 250.
- No superar los 50 millones de euros de volumen de negocio anual o tener un balance anual inferior a 43 millones de euros.
- No ser entidades sin ánimo de lucro, ni entidades públicas.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con la Seguridad Social.
- Ejercer su actividad y tener al menos un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Cumplir con los límites de ayuda fijados en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.
Importe de las ayudas para el fomento del teletrabajo en empresas de Extremadura
El importe de las ayudas variará según cada línea de actuación:
- Ayudas de 2.500 euros por trabajador con acuerdo de teletrabajo con el límite máximo de 10.000 euros por empresa y convocatoria.
- Ayudas de 2.500 euros por trabajador con acuerdo de flexibilidad horaria con el límite máximo de 10.000 euros por empresa y convocatoria.
El limite máximo de 10.000 euros se podrá incrementar en 1.000 euros para aquellas empresas en las que la tasa de ocupación femenina sea, por lo menos, igual a la masculina.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes a las ayudas a la conciliación de la vida laboral y familiar en Extremadura es del 27 de agosto hasta el 15 de noviembre de 2025.
Si desean que, desde GEFISCAL ETL GLOBAL nos encarguemos de la presentación de esta ayuda en su nombre, pueden solicitar presupuesto en el teléfono 927 248 400.