Retenciones en el IRPF para el ejercicio 2020

por | Ene 20, 2020

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]E l Portal de retenciones de la Agencia Española de la Administración Tributaria (AEAT) ha publicado los tipos de retención del IRPF aplicable para este ejercicio 2020.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Así, se establecen los siguientes tipos de retención en el IRPF para este ejercicio 2020.

Tipos de retención en el IRPF por rendimientos de trabajo

  • Las relaciones laborales y estatutarias en general, las pensiones y haberes pasivos del sistema público, pensionistas con dos o más pagadores, pensiones de sistemas privados de previsión social, prestaciones y subsidios por desempleo y prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único, les corresponden el tipo de retención según la variable del algoritmo de la AEAT en base al importe y situación familiar el contribuyente.
  • Consejeros y administradores cuyo importe neto de la cifra de negocio del último periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos haya sido superior a 100.000 euros: 35%.
  • Consejeros y administradores cuyo importe neto de la cifra de negocio del último periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos haya sido inferior a 100.000 euros: 19%.
  • Premios literarios, artísticos o científicos no exentos de IRPF: 15%.
  • Cursos, conferencias y seminarios: 15%.
  • Elaboración de obras literarias, artísticas o científicas: 15%. Debe presentarse el modelo 190, resumen anual del ejercicio 2020.
  • Atrasos: 15%.
  • Trabajadores desplazados a territorio español: Si sus rendimientos han sido inferiores a 600.000 euros sería un 24% y si son superiores a 600.000 euros sería un 45%.

Debe presentarse el modelo 190, resumen anual del ejercicio 2020.

Tipos de retención en el IRPF por actividades profesionales

  • Con carácter general: 15%
  • Determinadas actividades profesionales: 7%
  • Profesionales de nuevo inicio: 7%

Debe presentarse el modelo 190, resumen anual del ejercicio 2020.

Tipos de retención en el IRPF para otras actividades económicas

  • Actividades agrícolas y ganaderas en general: 2%
  • Actividades de engorde de porcino y avicultura: 1%
  • Actividades forestales: 2%
  • Determinadas actividades empresariales en estimación objetiva: 1%
  • Cesión de derechos de imagen: 24%
  • Resto de conceptos: 19%.

Debe presentarse el modelo 190, resumen anual del ejercicio 2020.

Tipos de retención en el IRPF para imputación de rentas por cesión de derechos de imagen

  • La cesión de derechos regulada en los artículos 92.8 del LIRPF y 107 del RIRPF.

Debe presentarse el modelo 190, resumen anual del ejercicio 2020.

Tipos de retención en el IRPF por ganancias patrimoniales

  • Premios de juegos, concursos y rifas sujetos a retención, distintos de los sujetos a GELA: 19%.
  • Aprovechamientos forestales en montes públicos.

Debe presentarse el modelo 190, resumen anual del ejercicio 2020.

Tipos de retención en el IRPF por otras ganancias patrimoniales

  • Transmisión de derechos de suscripción: 19%.
  • Transmisión de acciones y participaciones en instituciones de inversión colectiva: 19%.

Debe presentarse el modelo 187, resumen anual del ejercicio 2020.

Tipos de retención en el IRPF para capital mobiliario

  • Derivados de la participación en fondos propios de entidades: 19%. Debe presentarse el modelo 193, resumen anual del ejercicio 2020.
  • Cesión a terceros de capitales propios: 19%. Debe presentarse el modelo 193, 194 o 196, resumen anual del ejercicio 2020.
  • Operaciones de capitalización, seguros de vida o invalidez e imposición de capitales: 19%. Debe presentarse el modelo 188, resumen anual del ejercicio 2020.
  • Propiedad intelectual, industrial, prestación de asistencia técnica: 19%. Debe presentarse el modelo 193, resumen anual del ejercicio 2020.
  • Propiedad intelectual cuando el contribuyente perceptor no sea el autor: 15%. Debe presentarse el modelo 193, resumen anual del ejercicio 2020.
  • Arrendamiento y subarrendamiento de bienes, muebles, negocios o minas: 19%. Debe presentarse el modelo 193, resumen anual del ejercicio 2020.
  • Rendimientos derivados de la cesión del derecho de explotación de derechos de imagen siempre que no sean en el desarrollo de una actividad económica: 24%. Debe presentarse el modelo 193, resumen anual del ejercicio 2020.

Tipos de retención en el IRPF para capital inmobiliario

  • Arrendamientos o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos: 19%. Debe presentarse el modelo 180, resumen anual del ejercicio 2020.

Estos son los tipos de retención aplicables durante el ejercicio 2020. No obstante, puede haber cambios en los próximos meses que afecten especialmente a los tipos de retención sobre los rendimientos del trabajo tras el acuerdo de Gobierno adoptado por PSOE y Unidas Podemos. [/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es