La AEAT inspeccionará a las comisiones de festejos de los Ayuntamientos

por | Ago 19, 2019

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]L a Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ha iniciado varios procedimientos de comprobaciones fiscales dirigidos a diferentes colectivos y sectores como es el caso de las comisiones de festejos de los Ayuntamientos que están siendo objeto de algunas comprobaciones por parte del fisco.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Las comprobaciones que viene realizando la AEAT a las comisiones de festejos de algunas Ayuntamiento no constituyen una campaña de inspección específico sino meros requerimientos rutinarios que no incluyen sanción, tal y como informa Jesús Sanmartín, presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas.

Así, Hacienda solo está llevando actuaciones de comprobación en las que recuerda a las comisiones de fiestas y asociaciones de vecinos sus obligaciones fiscales y tributarias. En este sentido, hay que recordar que, tanto comisiones como asociaciones de este tipo, gozan de un régimen especial de entidades parcialmente exentas siempre y cuando no haya un lucro por su parte, situación que se da cuando se instala una barra de bar que genera unos ingresos que se deben declarar y tributar por ellos.

Estos ingresos, en la mayoría de los casos, no suelen ser muy elevados por lo que no generan una actuación de inspección fiscal por parte del fisco, pero en ocasiones los ingresos pueden ser bastante elevados y su incorrecta declaración y tributación puede traer graves consecuencias.

Además de inspecciones a las comisiones de festejos, la AEAT ha iniciado varios procedimientos de comprobaciones fiscales a los contribuyentes que se aplican deducciones por donaciones a colegios concertados que desde Hacienda estiman que no son procedentes; a los proveedores que se contratan para la celebración de bodas con el objeto de comprobar si declaran todos los ingresos que reciben así como a pequeños comercios alertándoles de discrepancias entre los ingresos declarados respecto a  otros comercios del mismo sector.

Ninguna de estas comprobaciones o inspecciones constituye una campaña de inspección fiscal específica pero sí son actuaciones que desde Hacienda se está llevando a cabo para evitar el fraude fiscal.

Otras noticias que le pueden resultar de interés:

 

El TEAR de Castilla y León tumba ora sanción por presentación fuera de plazo del Modelo 720

 

Pago del IBI fuera de plazo ¿Cuál es la sanción aplicable?[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es