[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]L a Dirección General de Tráfico (DGT) informa que, a partir del próximo 2 de Octubre de 2.016, todas las personas jurídicas que deban realizar cualquier trámite ante las Jefaturas Provinciales de Tráfico y sean titulares, arrendadores o arrendatarios de un vehículo, deberán disponer de la Dirección Electrónica Vial (DEV).[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]La DEV, regulada en el artículo 60 del texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, consiste en un buzón electrónico a través del cual la DGT y todas las Administraciones con competencias sancionadoras en materia de tráfico depositarán en dicho buzón notificaciones de procedimientos sancionadores.
Además, las personas jurídicas que deseen matricular un vehículo o cambiar su titularidad deberán tramitarlo obligatoriamente a través de la DEV. Y, según las últimas informaciones de la DGT, próximamente también se notificará a través de la DEV el aviso de caducidad del Carnet de conducir o el saldo del Carnet por Puntos.
Además de recibir la notificación a través de la DEV es posible configurarlo de tal manera para recibir simultáneamente un aviso a su correo electrónico así como un mensaje de texto a su teléfono móvil. Sin embargo, todas las notificaciones recibidas a través de la DEV no serán enviadas mediante correo postal.
Para darse de alta en la DEV, que tendrá carácter obligatorio para las personas jurídicas a partir del próximo 2 de Octubre, es necesario seguir los siguientes pasos:
– Tener, previamente, instalado en el navegador el certificado digital o instalado o insertado el DNI-E en el lector de tarjetas inteligentes de su ordenador o haber creado sus claves en el Sistema Cl@ve.
– Acceder a la plataforma de Alta en la DEV a través de la Página Web de la DGT y seguir los pasos detallados en la misma.
Una vez dado de alta en la DEV podrás modificar tus datos, consultar notificaciones así como otro tipo de gestiones que se deben hacer obligatoriamente a través de la DEV.
Registro de apoderamientos de la Dirección Electrónica Vial
La DGT ha habilitado el Registro de Apoderamientos de la Dirección Electrónica Vial, regulado por la Resolución de 9 de Abril de 2.015 de la Dirección General de Tráfico, por la que se cree y regula el registro de apoderamientos, de sucesiones y de representaciones legales de la Jefatura Central de Tráfico.
Así, de este modo una persona jurídica podrá otorgar un apoderamiento a un tercero para que acceda a las notificaciones de la entidad interesada de manera fácil y gratuita. De esta manera, una vez otorgado el apoderamiento, cualquier representante podrá actuar en nombre de sus representados ante Jefaturas de Tráfico (presencialmente) y en la Sede Electrónica de la DGT siempre acreditando debidamente su identidad.
Para tramitar el Otorgamiento de Representación deberás acceder al Registro de Apoderamientos a través de la Página Web de la DGT.
Finalmente, recordar que las personas físicas también pueden darse de alta en la DEV pero siempre con carácter completamente voluntario.
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