Ayudas para la contratación o mantenimiento de contratos de personas empleadas de hogar en Extremadura

por | Ene 22, 2026

La Junta de Extremadura, con el objetivo de fomentar la conciliación laboral y familiar de los extremeños, ha aprobado el programa de ayudas a nuevas contrataciones o al mantenimiento de contratos con personas empleadas de hogar. Así viene establecido en el Decreto 164/2025 de 2 de diciembre.

Este programa consiste en ayudas a nuevas contrataciones o al mantenimiento de contratos suscritos con personas empleadas de hogar a partir del 1 de enero de 2024, de personas desempleadas o en riesgo de vulnerabilidad para el cuidado, a domicilio, de hijos o de hijas menores de 14 años o familiares de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, una medida de fomento para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias extremeñas. El objetivo de la ayuda es financiar parte de los costes de contratación o mantenimiento de la persona contratada.

Desde GEFISCAL ETL GLOBAL, como expertos en tramitación y gestión de ayudas y subvenciones, analizamos con detalle quiénes pueden solicitar estas ayudas y qué requisitos deben reunir.

Quiénes pueden solicitar las ayudas para la contratación de empleadas de hogar

Podrán solicitar las ayudas para la contratación o mantenimiento de personas empleadas de hogar las personas físicas que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos principales:

  • Residir y estar empadronadas en Extremadura, junto con el hijo, hija o familiar para cuyo cuidado se formaliza la contratación.
  • Tener a cargo, en el domicilio, hijos/as menores de 14 años o un familiar de 1.º o 2.º grado (consanguinidad o afinidad) con discapacidad reconocida ≥ 33%.
  • Haber realizado una nueva contratación o mantener un contrato (firmado a partir del 01/01/2024) de una persona en situación de desempleo y/o riesgo de vulnerabilidad para el cuidado en el domicilio.

Importe de las ayudas para la contratación de personas empleadas de hogar

La ayuda consiste en una subvención mensual destinada a sufragar parte de los costes de cotización/contratación durante el periodo solicitado y con fecha límite el 31 de diciembre del año de la convocatoria con las siguientes particularidades:

  • Se subvenciona la contratación realizada desde el 1 de enero del año de la convocatoria y hasta el 31 de diciembre de ese año (o hasta fin de contrato si finaliza antes).
  • En mantenimiento de contratos suscritos desde el 01/01/2024, se subvencionan los meses correspondientes al año de la convocatoria.
  • La cuantía mensual se calcula en función de bases de cotización y horas trabajadas.

La ayuda mensual se determina por una escala por tramos:

Cada tramo de ayuda se incrementará en un 10% si la solicitante reside en municipios de menos de 5.000 habitantes; si la unidad familiar es monoparental; si la persona contratada es víctima de violencia de género hasta un máximo de 1.100 euros mensuales con un máximo de 12 mensualidades.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es del 21 de enero al 30 de octubre de 2026.

Si desean que, desde GEFISCAL ETL GLOBAL nos encarguemos de la presentación de esta ayuda en su nombre, pueden solicitar presupuesto en el teléfono 927 248 400.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es

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