Ayudas para fomentar el empleo estable en las empresas de Extremadura

por | Oct 31, 2025

La Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo ha aprobado la convocatoria de ayudas y subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2025 – 2026.

Así viene contemplado en el Decreto 124/2025, de 9 de septiembre que establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Este programa de ayudas tiene como objetivo fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales a través de subvenciones para la contratación indefinida.

Desde GEFISCAL ETL GLOBAL, como expertos en asesoramiento de subvenciones analizamos quién podrá solicitar estas ayudas y qué requisitos deben reunir.

Quiénes pueden solicitar las ayudas para fomentar el empleo estable en las empresas de Extremadura

Podrán ser beneficiarios de este programa de ayudas las empresas privadas, trabajadores autónomos, profesionales, asociaciones, fundaciones, y otras entidades privadas que operen en Extremadura y que realicen contrataciones conformes a lo establecido en el decreto regulador.

Qué actividades son subvencionables en este programa de ayudas

Este programa cuenta con cuatro programas con las siguientes actividades subvencionables:

Programa 1: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales realizadas con personas desempleadas:

  • Subprograma I.a.: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales sin relación laboral temporal previa.
  • Subprograma I.b.: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales con relación laboral temporal previa.

Programa 2: “Bono Impulsa Futuro”

Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales realizadas con personas paradas de larga duración.

Programa 3: “Bono Impulsa Defensa”

Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales realizadas con personas desempleadas mayores de 45 años que se hayan desvinculado de las Fuerzas Armadas por finalización del compromiso.

Programa 4: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos:

  • Subprograma IV.a.: Ayudas por la transformación de contratos de duración determinada distintos a los formativos.
  • Subprograma IV.b.: Ayudas por transformación de cualquiera de los contratos formativos regulados en el artículo 11 del Estatuto de los trabajadores”.

Cada Programa de subvención puede tener requisitos específicos, para los principales a cumplir son:

  • Los candidatos/trabajadores a contratar deben figurar inscritos como demandantes de empleo.
  • La empresa deberá formalizar una Oferta de Empleo con anterioridad a la contratación.
  • La contratación indefinida debe suponer un incremento neto de la plantilla indefinida de la empresa.

A las contrataciones formalizadas desde el 23/abril/2025, día siguiente al cierre de la anterior convocatoria, y el 27/octubre/2025, publicación nueva convocatoria, quedarán exentas del cumplimiento de formalizar Oferta de Empleo previa a la contratación.

Importe de las ayudas para el fomento del empleo estable en Extremadura

Estas ayudas se incrementarán en un 10% cuando:

  • Se trate de la primera contratación indefinida por parte de un Trabajador Autónomo.
  • Cuando la persona contratada accede por primera vez al mercado de trabajo.
  • Empresas con Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial.
  • Empresas con Planes Empresariales de Igualdad de Género implantados.
  • Cuando la empresa solicitante desarrolle una actividad prioritaria (las actividades prioritarias se establecerán en la correspondiente convocatoria).

Además, las contrataciones de mujeres víctimas de violencia de género supondrá un incremento del 30% sobre la cuantía de la subvención correspondiente.

A las contrataciones indefinidas formalizadas a jornada parcial se les concederá el 50% del importe de la subvención que les pudiera corresponder, tomando como referencia la cuantía a jornada completa.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar la solicitud de estas ayudas finaliza el próximo 27 de octubre de 2026. Las solicitudes se presentarán en el plazo de dos meses desde la formalización del contrato indefinido.

Se habilita un plazo de dos meses a contar desde el 28 de octubre de 2025, para que puedan presentarse solicitudes para los contratos cuyas fechas de inicio o transformación se hayan producido entre el 23 de abril de y el 27 de octubre de 2025.

Si desean que, desde GEFISCAL ETL GLOBAL nos encarguemos de la presentación de esta ayuda en su nombre, pueden solicitar presupuesto en el teléfono 927 248 400.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es

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