Confección y presentación del modelo 232 de Declaración de operaciones vinculadas

por | Oct 20, 2025

Este próximo mes de noviembre muchas empresas deberán hacer frente a la confección y presentación del modelo 232 de Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales. Es obligatorio para empresas que realicen operaciones vinculadas o tengan relación con paraísos fiscales.

Desde GEFISCAL como expertos en asesoramiento fiscal analizamos en qué consiste este modelo informativo, quién lo debe presentar y qué consecuencias tendría no hacerlo.

Modelo 232: ¿Qué es y quién está obligado a presentarlo?

Las empresas que realicen operaciones vinculadas o tengan relaciones con paraísos fiscales están obligadas a presentar el modelo 232. Su presentación es obligatoria para muchas sociedades, y no hacerlo a tiempo puede implicar sanciones importantes.

El Modelo 232 es una declaración informativa que las empresas deben presentar ante la Agencia Tributaria (AEAT) cuando hayan realizado determinadas operaciones vinculadas o con territorios considerados paraísos fiscales.

Su objetivo es mejorar el control fiscal y garantizar que las operaciones entre partes relacionadas se realizan a valor de mercado, evitando fraudes mediante los denominados “precios de transferencia”.

Están obligados a presentar el Modelo 232 los siguientes contribuyentes:

  • Empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  • Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) con establecimiento permanente en España.
  • Entidades extranjeras con presencia en territorio español (como establecimientos permanentes).

Lo deberán presentar respecto de la realización de las siguientes operaciones:

  1. Operaciones vinculadas que superen 250.000 euros: Empresas que hayan realizado operaciones con una misma persona o entidad vinculada por importe superior a 250.000 € en el año.
  2. Operaciones específicas superiores a 100.000 euros como transmisiones de inmuebles; cesión de intangibles; adquisición o transmisión de participaciones sociales y operaciones con establecimientos permanentes siempre que el total de una de estas operaciones específicas supere los 100.000 euros.
  3. Operaciones que representen más del 50% de la cifra de negocio: Si todas las operaciones vinculadas realizadas con una misma persona o entidad representan más del 50% de la cifra de negocios de la empresa.
  4. Operaciones con paraísos fiscales: Si la empresa ha realizado cualquier operación con países o territorios considerados paraísos fiscales.

¿Qué información se declara en el modelo 232?

En este modelo las empresas deberán informar sobre:

  • Datos identificativos de la persona o entidad vinculada.
  • Tipo de relación y operación.
  • Importe y naturaleza de la operación.
  • Método de valoración aplicado.
  • Información sobre operaciones con paraísos fiscales (si las hay).

Sanciones por no presentación del modelo 232

El incumplimiento de presentación del modelo 232 puede acarrear importantes sanciones:

  • Sanción de 20 euros por cada dato o conjunto de datos omitidos, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.
  • Si los datos están incompletos o incorrectos, puede imponerse una sanción proporcional de hasta el 2% del importe de las operaciones.
  • Además, si no se presenta el modelo y Hacienda lo requiere más adelante, perderás las reducciones aplicables por presentación voluntaria.

Plazo de presentación del modelo 232

El plazo general de presentación es del 1 al 30 de noviembre, siempre que el ejercicio fiscal coincida con el año natural (es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre).

Si el cierre es en otra fecha, se deberá presentar dentro del mes siguiente a los diez meses posteriores al cierre del ejercicio.

La presentación es exclusivamente telemática a través de la sede electrónica de la AEAT.

Desde GEFISCAL te recomendamos que revises si has realizado operaciones vinculadas y si superan los umbrales legales, así como identificar relaciones con paraísos fiscales, aunque sean menores, recopilar documentación de soporte: contratos, valoraciones, informes, así como consultar con asesores especializados para la confección y presentación de este modelo.

En GEFISCAL ayudamos a empresas a cumplir con sus obligaciones fiscales y evitar sanciones innecesarias. Si necesitas asesoramiento sobre el modelo 232 o sobre precios de transferencia, contacta con nosotros para solicitar presupuesto en los teléfonos 919 545 414 y 927 248 400.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es

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