Comunidad de Madrid: Ayudas de 2.500 euros para pymes y autónomos que fomenten la Responsabilidad Social y la conciliación laboral

por | Sep 5, 2025

La Comunidad de Madrid quiere que las pymes y trabajadores autónomos de la región fomenten políticas de Responsabilidad Social y de conciliación laboral dirigidas a sus trabajadores. Quiénes lo hagan podrán tener acceso a ayudas de 2.500 euros por trabajador hasta un máximo de 10.000 euros por empresa solicitante.

Así viene contemplado en el programa de ayudas para el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral publicadas en el BOCM de 27 de enero y cuya cuantía presupuestaria se ha incrementado recientemente en 3 millones adicionales.

Este programa de ayudas tiene como objetivo la ejecución de actuaciones concretas puestas en marcha para los trabajadores autónomos y las pequeñas empresas, así como promover la efectiva conciliación en el ámbito laboral de las personas trabajadoras, en equilibrio con las necesidades organizativas de la empresa, mediante medidas de conciliación que flexibilicen la jornada y el horario del trabajo.

El programa de ayudas consta de dos líneas:

1ª Línea: Implantación de la responsabilidad social en los trabajadores autónomos y en las pequeñas empresas: Son subvencionables las siguientes acciones: la obtención o renovación de certificaciones de normas o estándares en el ámbito de la responsabilidad social, tales como la Norma SA 8000, la Certificación IQNet SR10, la Certificación SG21, EFR (conciliación), u otras equivalentes.

2ª Línea: Conciliación de la vida laboral, familiar y personal a través de incentivos económicos para el fomento del teletrabajo y de la flexibilidad horaria: Son acciones subvencionables: la formalización de acuerdos de teletrabajo o flexibilidad horaria. Asimismo, cuando haya sido necesaria la compra de equipamiento electrónico para organizar el teletrabajo, se subvencionará el 75% del coste de éstos.

Desde GEFISCAL ETL GLOBAL, como expertos en asesoramiento de subvenciones analizamos quién podrá solicitar estas ayudas y qué requisitos deben reunir.

Quiénes pueden solicitar las ayudas para el fomento de la Responsabilidad Social y la conciliación laboral

Podrán ser beneficiarios de este programa de ayudas:  

  • Trabajadores autónomos o por cuenta propia, dados de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, sean o no a su vez miembros de sociedades civiles, de comunidades de bienes o socios de sociedades mercantiles.
  • Pequeñas empresas, así como sociedades civiles con personalidad jurídica de hasta 50 trabajadores y un volumen de negocio y balance general igual o inferior a 10 millones de euros.

Asimismo, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • No ser entidades públicas.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social.
  • Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
  • No podrán tener la condición de beneficiarios de la subvención las personas físicas, ni tampoco las jurídicas, en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Los beneficiarios están sujetos a las obligaciones que establece el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Además, dentro de la primera línea será obligatorio obtener o renovar alguna certificación de normas o estándares en materia de responsabilidad social, o bien poner en marcha planes directores que tengan por objeto dicha obtención o renovación, así como la participación efectiva de la entidad en iniciativas, grupos o proyectos que fomenten la responsabilidad social, dentro del período subvencionable.

En la segunda línea nos encontramos con los siguientes requisitos:

  • El beneficiario deberá formalizar, al menos, un acuerdo de flexibilidad horaria o teletrabajo con un trabajador vinculado a la empresa, o contratar personal nuevo en la modalidad de teletrabajo. La jornada será, al menos, el 75% de la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
  • Los acuerdos de teletrabajo y flexibilidad tendrán un periodo mínimo de vigencia de un año y su contenido respetará las disposiciones legales existentes y mejorará las condiciones reguladas en los convenios colectivos vigentes.
  • La compra de equipamiento electrónico, cuando sea necesario para realizar el teletrabajo, se vinculará a los acuerdos de teletrabajo.

Importe de las ayudas para el fomento de la responsabilidad social y conciliación laboral

El importe de la ayuda despenderá de la línea de actuación:

Primera línea de actuación (fomento de la responsabilidad social)

La cuantía de la ayuda será el equivalente al 75% del coste que lleve consigo la obtención o renovación de la norma o estándar, la puesta en marcha del Plan Director, así como la participación efectiva de la entidad en iniciativas, grupos o proyectos que fomenten la responsabilidad social, con el máximo de 2.500 euros por empresa.

Segunda línea de actuación (fomento del teletrabajo y flexibilidad horaria):

En el caso de teletrabajo, las ayudas consistirán en un incentivo de 2.500 euros por trabajador con acuerdo individual de teletrabajo, formalizado en un contrato de teletrabajo, bien por adaptación del contrato que tenía en la empresa o bien por la realización de un nuevo contrato para una persona no vinculada a la empresa, con el límite máximo de 10.000 euros por empresa.

En el caso de flexibilidad horaria, las ayudas consistirán en un incentivo de 2.500 euros por persona trabajadora, con el límite máximo de 10.000 euros por empresa.

El importe máximo que podrá obtener una misma empresa en relación a medidas de teletrabajo y flexibilidad será de 10.000 euros.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar la solicitud de estas ayudas es de 3 meses desde que se haya producido la actuación subvencionable.

Si desean que, desde GEFISCAL ETL GLOBAL nos encarguemos de la presentación de esta ayuda en su nombre, pueden solicitar presupuesto en el teléfono 919 545 414. 

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es