La Junta de Extremadura aprueba un programa de ayudas para la modernización de autónomos y micropymes

por | Ago 30, 2024

La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura ha aprobado un nuevo programa de ayudas para la realización de inversiones en modernización dirigido a trabajadores autónomos y micropymes ubicadas en la región de Extremadura. Así viene establecido en el Decreto 79/2024 de 23 de julio que desarrolla las bases y requisitos de este programa de ayudas.

El objetivo de este programa de ayudas no es otro que apoyar inversiones en bienes de equipo, consistentes en maquinaria y herramientas ligadas al proceso productivo, para favorecer la modernización de las actividades desarrolladas por trabajadores autónomos y micropymes de Extremadura.

Desde GEFISCAL ETL GLOBAL, como expertos en tramitación y gestión de ayudas y subvenciones, analizamos con detalle quiénes pueden solicitar estas ayudas y qué requisitos deben reunir.

Quiénes pueden acceder a las ayudas para la modernización de autónomos y micropymes

El Decreto 79/2024, de 23 de julio que contempla las bases reguladoras para la primera convocatoria de este programa de ayudas establece que podrán acceder a estas ayudas trabajadores autónomos y micropymes que cuenten con una plantilla media que no supere los 3 trabajadores.

Estos trabajadores autónomos y micropymes pueden desarrollar cualquiera actividad económica excepto las actividades de comercio minorista y de artesanía. Tampoco está dirigida a los sectores de acuicultura, pesca o la producción primaria de productos agrícolas. Igualmente están excluidas las actividades relacionadas con juegos de azar y apuestas, actividades financieras y la fabricación, transformación y comercialización de tabaco o de productos para la industria tabaquera.

¿Qué actuaciones serán objeto de ayuda?

Para que las actuaciones sean subvencionables por este programa de ayudas, debe tratarse de una adquisición maquinaria y herramientas que cumplan algunos de los siguientes requisitos:

  • Dirigidas a la producción y transformación del producto manufacturado.
  • Que estén orientados a la automatización y/o optimización de los procesos productivos.
  • Que mejoren la calidad, el control y/o la trazabilidad de los procesos productivos.
  • Que presenten un marcado componente tecnológico e innovador.

Además, se subvencionan los gastos de transporte, instalación, montaje y formación relativos a las inversiones proyectadas (siempre que no superen el 20% del coste total del proyecto).

Destacar que NO se subvencionarán equipos informáticos de carácter básico, tales como ordenadores, portátiles, servidores, impresoras o similares; maquinaria o equipos de reposición o mera sustitución de equipos obsoletos; maquinaria y equipamiento de segundo uso ni de cuantía inferior a 1.000 euros.

El importe mínimo de la inversión proyectada debe ser de 1.000 euros y la inversión máxima no podrá ser superior a 25.000 euros.

Cuantía de las ayudas para la modernización de autónomos y micropymes

La cuantía de las ayudas será del 40% a fondo perdido de la inversión subvencionable, porcentaje que se incrementará en los casos siguientes:

  • Se añaden 5 puntos si la actividad principal corresponde a la industria transformadora, sección C de la clasificación CNAE.
  • Se añaden 5 puntos si el centro de trabajo está ubicado en un municipio de menos de 5.000 habitantes.

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo para solicitar esta ayuda es del 23 de agosto al 7 de octubre ambos inclusive.

Si desean que, desde GEFISCAL ETL GLOBAL nos encarguemos de la presentación de esta ayuda en su nombre, pueden solicitar presupuesto en el teléfono 927 248 400.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es