Permiso por riesgo en la lactancia: Asalariadas VS autónomas

por | Mar 12, 2024

Cuando una trabajadora, ya sea por cuenta ajena o autónoma, es madre tiene derecho, además del permiso por maternidad, a un permiso por riesgo en la lactancia natural que mantendrá el contrato en suspenso hasta los nueve meses del recién nacido. Este permiso puede entrañar importantes diferencias en función de si la beneficiaria es una trabajadora por cuenta ajena o autónoma.

Desde GEFISCAL ETL GLOBAL analizamos en qué consiste este permiso por riesgo en la lactancia y las diferencias que pueden darse si lo solicita una trabajadora por cuenta ajena o autónoma.

¿En qué consiste el permiso por riesgo en la lactancia?

El permiso por riesgo en la lactancia es un permiso que supone la suspensión del contrato de una trabajadora que ha sido madre hasta los nueve meses del recién nacido siempre que el puesto de trabajo se considere de riesgo y no se haya podido adaptar el puesto de trabajo de la mujer ni reubicarla en otro que suponga un menor riesgo para ella.

Tanto si es trabajadora por cuenta ajena o autónoma, esta prestación cubre desde el fin del periodo de la maternidad hasta el cese de la lactancia con un máximo de 9 meses cobrando el 100% base reguladora de accidente de trabajo y enfermedad profesional del mes anterior a la fecha de la actividad laboral. Será la mutua de accidentes de la trabajadora la que se haga cargo del pago de la prestación.

Diferencias entre trabajadoras asalariadas y autónomas

En el caso de trabajadoras por cuenta ajena, el permiso por riesgo en el embarazo no supone un coste adicional para la empresa, pero, en el caso de trabajadoras autónomas, para acceder al mismo deberán tener la cobertura voluntaria de las contingencias profesionales, deben realizar una cotización adicional del 0,1% para poder acceder a la prestación.

Si se desea solicitar se debe tramitar ante la mutua correspondiente que exigirá la documentación necesaria en cada caso.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es