Hacienda aumenta la exención fiscal por gastos de kilometraje en vehículos propios

por | Jul 18, 2023

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha aumentado la exención fiscal en IRPF de las cantidades abonadas por la empresa a compensar los gastos de kilometraje de los vehículos de los trabajadores que se desplacen fuera de la fábrica, taller, oficina, o centro de trabajo, para realizar su trabajo en lugar distinto. Así, estarán exentas de tributación la cantidad de multiplicar 0,26 euros por el número de kilómetros recorridos, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen. Anteriormente, el límite exento era de 0,19 euros por kilómetro recorrido. Así viene contemplado en la Orden HFP/792/2023, de 12 de julio que entró en vigor ayer, 17 de julio.

Para poder beneficiarse de esta exención, Hacienda sólo exigirá justificar la realidad del desplazamiento. En concreto, será necesario aportar un documento que justifique el desplazamiento, y en el que se podrán incluir de los gastos de peaje y aparcamiento que hayan sido necesarios.

Esta exención también se aplica a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo que se deriven de relaciones laborales especiales de carácter dependiente. Sus rendimientos netos será la cantidad que resulte de multiplicar 0,26 euros por el número de kilómetros recorridos, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen, siempre que justifiquen la realidad de sus desplazamientos.

De esta manera, los trabajadores que utilicen su vehículo propio por motivos de trabajo, aumentan un 0,7% la exención en IRPF.

Se aumenta la indemnización por uso de vehículo propio por parte de los empleados públicos

En el caso de los empleados públicos, la Orden HFP/793/2023, de 12 de julio establece que los funcionarios que utilicen su vehículo propio en comisión de servicio, disfrutarán de una indemnización de 0,26 euros por kilómetro recorrido que se abonarán tras la presentación de la factura de combustible correspondiente y una declaración justificativa del desplazamiento, que tras ser comprobados darán lugar a un ingreso en su cuenta corriente.

Ambas medidas, que benefician por un lado a funcionarios y, por otro lado, al resto de trabajadores vienen a compensar los gastos que asumen estos por el uso de su vehículo particular que incluye combustible, desgaste del vehículo, pago del seguro…) mediante esta exención fiscal por gastos de kilometraje.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es