El Congreso de los Diputados aprobó la semana pasada la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión que viene a reformar el marco del Mercado de Valores para adaptarlo a la nueva normativa europea y los cambios tecnológicos que se han ido produciendo en los últimos años como es el caso de los criptoactivos que ocupan un papel protagonista dentro de la nueva normativa.
Los objetivos que persigue esta reforma son aportar mayor seguridad jurídica, reforzar la protección de los inversores y mejorar la competitividad y la eficiencia de los mercados de valores en España, con especial atención a la financiación de las pymes y a la modernización de los mercados de valores para mejorar y potenciar su capacidad de financiación de la economía de forma transparente y eficiente, fortaleciendo el régimen de supervisión aplicable a empresas de servicios de inversión y manteniendo un nivel de protección de los clientes de servicios financieros y de los ahorradores óptimo.
Mejora de la capacidad de los mercados de valores para financiar a las empresas españolas
La nueva Ley del Mercado de Valores tiene como objetivo mejorar la capacidad de financiación no bancaria de las empresas y aumentar la protección de los inversores. Para ello, se simplifican procedimientos y se eliminan cargas administrativas redundantes para facilitar la atracción de inversores.
Concretamente, se simplifica el proceso de emisión de valores de renta fija, se reducen las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) abonadas por los emisores de renta fija; se eliminan determinadas obligaciones de información redundantes en el proceso de compensación y liquidación de valores.
En el ámbito del mercado BME Growth, se aplicará al segmento de pymes en expansión el régimen de ofertas públicas de adquisición de acciones (OPAS) permitiendo a los accionistas recibir proporcionalmente la prima de control en caso de oferta de adquisición de la pyme cotizada mejorando la financiación no bancaria de estas empresas.
Por otro lado, se modifica la definición de pyme incluyendo a empresas cuyos emisores de deuda en un ejercicio inferior a 50 millones de euros, aumentando las posibilidades de cotizar en este mercado y mejorar la financiación de las empresas.
Asimismo, se añaden los cambios contemplados en la Directiva MIFID II para favorecer la recapitalización de las empresas europea facilitar las inversiones a la economía real. Así, se facilitará la canalización del ahorro hacia la financiación, salvaguardando la protección e intereses de los inversores.
Finalmente, en este ámbito, también se simplifican algunos procedimientos y se eliminan cargas administrativas redundantes para facilitar la atracción de inversiones.
Mejora de la protección de los inversores
En primer lugar, se establecen las previsiones necesarias para aplicar en España la normativa europea sobre criptoactivos dotando a la CNMV de las competencias necesarias para garantizar la protección de los inversores y la estabilidad financiera en este ámbito.
Esto afectará a cualquier instrumento financiero que sea un criptoactivo: que esté representado mediante tecnología de registro distribuido. En este sentido, se incorporan las infracciones y sanciones que permitirán a la CNMV actuar ante los incumplimientos cuando entre en vigor la normativa europea. De esta forma, la CNMV podrá sancionar los incumplimientos de las obligaciones y requisitos de los criptoactivos que no son instrumentos financieros y que se presenten como objeto de inversión.
Por otro lado, se incluyen las previsiones para la aplicación del reglamento del régimen piloto para la utilización de tecnología de registros distribuidos (blockchain) en las infraestructuras de mercados de valores, que permitirá utilizar esta tecnología para operaciones con acciones y bonos tokenizados durante cinco años y sin superar un determinado volumen.
También se incluye una reforma de la Ley de Sociedades de Capital que garantice la protección de los inversores en sociedades cotizadas con propósito para la adquisición (las mencionadas SPAC), garantizando las condiciones en las que se lleva a cabo el reembolso del capital invertido por los accionistas.
Por último, se incorpora la Directiva 2019/2034 que mejora el funcionamiento de empresas de servicios de inversión (ESI) e incorpora obligaciones de solvencia específicas para estas entidades, establece un régimen prudencial propio de supervisión para estas empresas, adaptándolo a las particularidades de su modelo de negocio y teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad. En este sentido, se otorgan a la CNMV potestades para establecer el régimen aplicable en función del tamaño, la naturaleza, la escala y la complejidad de las actividades de la ESI. Se contempla también un régimen más flexible para empresas muy pequeñas y que no entrañan riesgo sistémico, manteniendo la protección de los inversores.
Cuándo entrará en vigor la nueva Ley del Mercado de Valores
La nueva Ley del Mercado de Valores entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE (aun pendiente de publicación).