[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]El primer bloque de la reforma de las pensiones, aprobado en 2021, incluyó el llamado Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) que ha entrado en vigor desde el pasado 1 de enero de 2023 y que comenzarán a notar en sus bolsillos los trabajadores desde la nómina de enero.
Desde GEFISCAL ETL Global os recordamos en qué consiste este MEI, sus características principales y cómo lo sufragarán empresas y trabajadores.[/vc_column_text][vc_column_text]
¿En qué consiste el Mecanismo de Equidad Intergeneracional?
Este Mecanismo de Equidad Intergeneracional se traduce en un incremento en las cotizaciones sociales de los trabajadores de un 0,6% desde 2023 a 2032 de cara a garantizar el abono de las pensiones de los trabajadores de la generación del “Baby Boom”. Esta medida sustituirá al Factor de Sostenibilidad derogado por la nueva reforma de las pensiones.
De este modo, el MEI contempla la aportación al Fondo de Reserva de la Seguridad Social de un incremento del 0,6% en las cotizaciones de los trabajadores, cuyo coste se repartiría entre empresa y trabajador. Concretamente, el tipo de cotización pasaría del 28,30% al 28,80%. De este modo, en un salario de 1.900 euros mensuales, el aumento del 0,6% en las cotizaciones sociales se traduciría en un sobrecoste de unos 12 euros a repartir entre empresa y trabajador.
Este incremento en las cotizaciones sociales de un 0,6% será sufragado del siguiente modo: el 0,5% lo asumirá la empresa y el 0,1% el trabajador.
Este aumento del 0,6% en las cotizaciones sociales supondrá, en un sueldo de 1.900 euros mensuales, un incremento de 10 euros que deberá sufragar la empresa y 2 euros que deberá asumir el trabajador. En el caso de los trabajadores autónomos, este incremento se traduce en una base mínima de cotización que pasará de ser de 944,40 euros a 960,60 euros y una base máxima de cotización que pasará de 4.070,10 euros a 4.139,40 euros que se traduce en un incremento de, al menos, 68 euros al año.[/vc_column_text][vc_column_text]
Un ajuste temporal que durará 10 años
Este incremento en las cotizaciones sociales duraría 10 años, comenzando en 2023 y terminado en 2032 recaudando 50.000 millones de euros que irán a parar al Fondo de Reserva para poder afrontar las pensiones de los trabajadores de la generación del Baby Boom que, previsiblemente, comenzarán a jubilarse de aquí a diez años, comenzando en 2023 y con carreras de cotización muy largas.
Si llegado ese momento, los fondos creados para ese fin no fueran necesarios, esa sobrecotización se compensaría con una reducción en las cotizaciones sociales o con una mejora de las prestaciones. Por el contrario, si las previsiones fueran insuficientes, se prevé que el Mecanismo de Equidad Intergeneracional contemple una reducción en el importe de las pensiones para poder hacer frente a su pago. No obstante, tal y como apuntan varios expertos, esa sobrecotización sería insuficiente ya que sólo generaría 10.000 millones de euros de los 60.000 millones de euros que se necesitan para abonar las pensiones de los «Babyboomers».
Una vez superado ese plazo de 10 años, la idea es que se verifique cada tres años el nivel de gasto para analizar si el gasto en prestaciones sobre PIB se desvía de la proyección para 2050 del informe sobre pensiones de la Comisión Europea, el Ageing Report, de 2024. De ocurrir una desviación, se tomarían nuevas medidas para corregirlo. Tal y como informan desde El País, el gasto nunca podría suponer en total más de 0,8 puntos de PIB al año en 2050 y si esto sucediera, se haría uso del dinero del Fondo de Reserva con un límite anual del 0,2% del PIB y si eso no fuese suficiente o se hubiesen agotado los recursos, el Gobierno negociaría con los agentes sociales una propuesta que elevaría al Pacto de Toledo para reducir el gasto en pensiones en porcentaje de PIB. Estas medidas tendrían un límite anual del 0,4% del PIB y si esto no resultara bastante, el Gobierno acordaría con patronal y sindicatos otra subida de las cotizaciones hasta un máximo del 0,4% del PIB al año.[/vc_column_text][vc_column_text]
Tipos de cotización tras el MEI
Las cotizaciones sociales de trabajadores por cuenta ajena, trabajadores autónomos y empleados de hogar varirán con la entrada en vigor de este Mecanismo de Equidad Intergeneracional. A continuación detallamos cómo quedarán dichas cotizaciones:
Desde el 1 de enero de 2023:
- Trabajadores por cuenta ajena: Tipo de cotización por contingencias comunes: 28,90% (24,10% a cargo de la empresa y 4,80% a cargo del trabajador).
- Empleados de hogar: Tipo de cotización por contingencias comunes 23,60% bonificada en un 20% del empleados y 4,70% del empleado; contingencias profesionales del empleador del 1,5%; desempleo persona empleadora del 5% con una bonificación del 80%; desempleo persona trabajadora del 1,05%; FOGASA persona empleadora del 0,20% con bonificación del 80%; MEI empleador del 0,50% y del empleado del 0,10%.
- Trabajadores autónomos: Tipo de cotización por contingencias comunes del 28,90%.
¿Necesitas asesoramiento laboral? Recuerda que desde nuestro área laboral podemos asesorarle. Puede solicitar presupuesto en los teléfonos 927 248 400 y 919 545 414.
Raúl Benito Cordero Socio Área Laboral |