La OCU alerta de diferencias de hasta 625 euros en el recibo del IBI

por | Sep 30, 2021

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]L a Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado la existencia de diferencias de hasta 625 euros en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en función de dónde se encuentre el inmueble a gravar después de haber comparado el importe medio del recibo del IBI en las 52 capitales de provincia de España.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Para realizar este estudio, la OCU ha tomado como base una vivienda urbana con una base liquidable de 80.000 euros, sin bonificaciones. El importe a pagar en las diferentes capitales de provincia sería 774 euros en Lérida; 762 euros en Tarragona; 746 euros en Gerona; 640 euros en Melilla y Ciudad Real; 632 euros en Ceuta; 624 euros en Huesca y Huelva; 613 euros en León; 592 euros en Cádiz; 578 euros en Valencia; 576 euros en Badajoz; 570 euros en Salamanca; 560 euros en Cáceres; 552 euros en Castellón; 541 euros en Sevilla; 536 euros en Lugo y Las Palmas; 528 euros en Barcelona; 522 euros en Granada; 520 euros en Murcia y Jaén; 512 euros en Pontevedra; 502 euros en Alicante; 492 euros en Valladolid; 480 euros en Logroño, Cuenca y A Coruña; 468 euros en Palencia; 448 euros en Soria y Oviedo; 434 euros en Ávila; 419 euros en Santa Cruz de Tenerife y Córdoba; 388 euros en Almería; 385 euros en Segovia; 382 euros en Zamora; 376 euros en Guadalajara; 370 euros en Palma de Mallorca; 365 euros en Madrid y Burgos; 362 euros en Albacete; 361 euros en Málaga; 360 euros en Ourense; 355 euros en Toledo y Teruel; 330 euros en Zaragoza; 328 euros en Santander; 314 euros en Pamplona; 258 euros en Vitoria; 153 euros en Bilbao y 147 euros en San Sebastián.

De este modo, nos encontramos con el IBI medio más alto en Lérida con 774 euros frente a los 147 euros de media en San Sebastián, una diferente de 625 euros.[/vc_column_text][vc_column_text]

Diferencias a nivel de bonificaciones en IBI

La OCU también denuncia que el uso que hace los municipios de las bonificaciones en IBI es desigual. Así, en relación a la bonificación por vivienda de protección oficial, frente a la duración de tres años marcada por la Ley para esta bonificación del 50%, hay municipios como Barcelona o Salamanca extienden este beneficio hasta los siete años, reduciendo así el importe medio del recibo del IBI.

La bonificación por familia numerosa tampoco se aplica de manera uniforme. Frente a la mayoría de municipios que la aplican con hasta el 90% de bonificación, hay municipios como Bilbao o Pamplona que no lo aplican. Lo mismo sucede con la bonificación por instalación de energía solar que hay municipios como Albacete, León, Murcia o Valladolid que no lo aplican y teniendo en cuenta que la bonificación es del 50%, el impacto fiscal es notable.

Finalmente, tampoco se aplica en todos los municipios la bonificación del 5% por domiciliación bancaria que se da sólo en la mitad de municipios analizados.

Recordemos que el IBI es un impuesto gestionado directamente por los ayuntamientos que, partiendo de unas normas mínimas, son los encargados de fijar el periodo de pago y su importe.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es