Renta 2020: Trabajadores en ERTE que han cobrado cantidades indebidas

por | Feb 17, 2021

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]M uchos de los trabajadores que han sido incluidos en un ERTE desde el inicio de la crisis del Covid19, han recibido, en su prestación por desempleo, cantidades superiores a las que le correspondían, por errores administrativos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esas cantidades, como es lógico, deben ser devueltas, pero en muchas ocasiones, aún no se ha informado al trabajador de las cantidades que se deben devolver ni de cómo hacerlo.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Estas irregularidades tienen su consecuencia directa en la Declaración de la Renta 2020, ya que a efectos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), esos cobros indebidos forman parte de los ingresos del contribuyente, sobre los que deberán tributar. El problema radica en que cuanto mayor sea el número de ingresos, mayor será el tipo de gravamen y el resultado de la Declaración de la Renta 2020 se verá influido por esto.

A esta situación hay que añadir que, a las prestaciones por desempleo, en su mayoría, no se les aplica retención en IRPF porque los importes previstos de prestación no alcanzan el mínimo obligatorio exigido por las normas tributarias para la aplicación de retención. En este sentido, todos los ingresos del trabajador (o casi todos) a través de su prestación por desempleo no habrán estado sujetos a IRPF por lo que, al hacer la Declaración de la Renta 2020, se deberá hacer frente a esa retención.

Para solventar estos problemas, concretamente el de la percepción de cantidades indebidas en la prestación por desempleo, el SEPE ha acordado con la AEAT actualizar cada mes los datos de los ingresos percibidos por los trabajadores en ERTE con el fin de evitar que cuando llegue la Declaración de la Renta de 2020, muchos de los beneficiarios de la prestación se lleven la sorpresa de que deben declarar a Hacienda más dinero del que les ha correspondido.

Este acuerdo pasa porque el SEPE facilite antes del inicio de la campaña de la Renta 2020 el listado con las cantidades que han cobrado indebidamente los trabajadores en ERTE para que éstas no sean tenidas en cuenta al hacer su declaración de IRPF 2020.[/vc_column_text][vc_column_text]

Devolución de las cantidades ingresadas indebidamente

En paralelo a esa remisión actualizada de los datos, el SEPE ha informado que están llevando a cabo un procedimiento abreviado para agilizar la comunicación de los cobros indebidos a los afectados. Desde la plantilla del SEPE explican que se ha producido una mejora en el sistema informático ligado al Covid19 que permite que cuando el sistema detecta que un trabajador que está o haya estado incluido en un ERTE haya cobrado de más, le remitirá de forma automatizada la comunicación de lo cobrado en exceso para que pueda realizar sus alegaciones y la carta de transferencia al Banco de España para saldar la cuenta en caso de estar conforme.

Si estás en esta situación, te recomendamos que contactes con nuestro Despacho donde nos podemos  encargar de la confección y presentación de la Declaración de la Renta 2020. Puedes contactar con nuestro Despacho en el teléfono 917 140 489 para pedir presupuesto. [/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][/vc_column][/vc_row]

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es