Líneas de actuación de la Inspección de Hacienda en 2021

por | Feb 8, 2021

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]L a Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ya ha dado a conocer las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021 (publicado en el Boletín Oficial del Estado del pasado 1 de febrero de 2021), en el que se detallan qué acciones y procedimientos serán objeto de investigación por parte de la Inspección de Hacienda para comprobar la existencia de fraude tributario y aduanero.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Uno de los principales objetivos de la AEAT es reducir el fraude fiscal y blanqueo de capitales, reduciendo a su máxima expresión la elusión fiscal. Para lograrlo, en 2021, la Inspección de Hacienda se centrará en perseguir las actuaciones y procedimientos que detallamos a continuación:[/vc_column_text][vc_column_text]

Fraude fiscal en grupos multinacionales, grandes empresas y grupos fiscales

Dentro de los grupos multinacionales, grandes empresas y grupos fiscales, la actuación inspectora de la AEAT se focalizará en aquellos contribuyentes que pertenezcan a los sectores de actividad que hayan sido menos perjudicados por un entorno económico fuertemente condicionado por los efectos del Covid19, sin olvidarse del cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes afectados por la crisis del Covid19.

Las comprobaciones de las entidades incluidas en este grupo irán encaminadas a validar que los gastos financieros deducidos por empresas que tributan en forma de grupo fiscal son correctos, en especial cuando la financiación procede del exterior, pero dentro del ámbito del grupo multinacional.

De igual modo, se comprobará que los pagos de intereses y dividendos percibidos en el entorno de los grupos multinacionales sean los correctos para mantener la correcta contribución al sostenimiento de los gastos públicos en el conjunto del sistema normativo que les resulta aplicable.

En 2021 se realizarán, en el ámbito de la Unión Europea, un número significativo de controles multilaterales en los que se examinará la corrección de los pagos intragrupo por cesión de intangibles. También se llevará a efecto la mejora del marco jurídico comunitario en lo que se refiere, en particular, a las Inspecciones conjuntas «Joint Audits», reforzando de este modo las actividades de cooperación administrativa entre Estados miembros.

Asimismo, se tendrán en cuenta las pautas recientemente aprobadas por el Marco Inclusivo de BEPS, sobre la aplicación de las Directrices de precios de transferencia de la OCDE, en relación con diversas cuestiones específicas que se derivan o se ven agravadas como consecuencia de la pandemia de Covid19, así como su consistencia con la política general de precios del grupo.

En 2021 se realizará una campaña tendente a verificar el adecuado cumplimiento de las obligaciones de información sobre operaciones vinculadas que deben declararse a través del Modelo 232.

Se tendrá especial atención, por lo que afecta al Impuesto sobre Sociedades de los grupos fiscales, a la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, en particular a las bases pendientes de compensación respecto de las cuales el derecho de la Administración para iniciar el procedimiento de su comprobación prescribe a los diez años.

Por lo que afecta al Impuesto sobre Sociedades de los grupos fiscales, el control del estricto cumplimiento de los requisitos legales exigidos para la integración de entidades en el grupo, excluyendo del mismo a aquellas que no cumplan todos los requisitos necesarios para la integración en el grupo, deviene en un nuevo sistema de control que se debe impulsar desde la Administración tributaria.

Se vigilará también a los contribuyentes integrados en los grupos que aplican el régimen del grupo de entidades del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), con especial atención a los grupos de entidades incluidos en la modalidad avanzada del régimen especial, utilizando para ello la información que aporta el SII, al que están obligados.[/vc_column_text][vc_column_text]

Falsos traslados de residencia fiscal al extranjero

Otra de las actuaciones que llevará a cabo la AEAT es la de perseguir falsos traslados de residencia fiscal al extranjero, de tal manera, que se comprobará si los contribuyentes que han trasladado su residencia fiscal, cumplen con el requisito de residir en ese territorio un mínimo de 183 días.

Esto es un tema de máxima actualidad, después de la polémica suscitada en las últimas semanas por la huida de youtubers e influencers a Andorra para disfrutar de una menor carga fiscal.[/vc_column_text][vc_column_text]

Ocultación actividades empresariales o profesionales y uso abusivo de sociedades

Se van a potenciar las operaciones coordinadas de lucha contra la actividad no declarada y la economía sumergida, evaluando con un mayor nivel de prioridad, en general, los riesgos fiscales de aquellos contribuyentes que pertenezcan a aquellos sectores o actividades que hayan sido menos afectados por el entorno económico desfavorable que se deriva del Covid19 y los efectos de la pandemia o incluso sobre aquellos otros que han visto crecer su negocio precisamente como consecuencia de esta excepcional situación.[/vc_column_text][vc_column_text]

Control del fraude en la economía digital y comercio electrónico

Para controlar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en la economía digital y el comercio electrónico, se van a llevar a cabo las siguientes actuaciones:

  • Aproximación cooperativa, cuando sea posible, para determinar la forma más adecuada de acceder a la información necesaria de las plataformas de comercio electrónico, procurando minimizar los costes fiscales indirectos de cumplimiento a la vez que se asegura el cumplimiento material de las obligaciones por parte de los operadores que actúan a través de plataformas, ya sean residentes o no residentes en España.
  • Asegurar la completa identificación fiscal de aquellos obligados tributarios que, aun no estando domiciliados en España, realicen el hecho imponible del IVA por sus ventas a consumidores finales localizados en nuestro país.
  • Velar por asegurar que se ofrezca una adecuada información a las plataformas de comercio electrónico, a la vez que extremará el control sobre las mismas para evitar que este tipo de operaciones puedan eludir el pago de las obligaciones tributarias que les corresponden, en particular, a efectos de la tributación indirecta.
  • Diseñar las actuaciones de prevención y de control adecuadas para garantizar la correcta tributación de las operaciones realizadas a través del canal digital. Para ello se realizarán actuaciones específicas de control en aquellos casos en los que puedan existir diferencias entre los importes declarados y los que se deriven de la información obtenida.
  • La entrada en vigor de la Tasa Google permitirá determinar el censo de obligados, tanto residentes, como no residentes con o sin establecimiento permanente, sin perjuicio de realizar los controles iniciales que resulten oportunos. Indirectamente, los hechos imponibles de este nuevo Impuesto pueden contribuir a determinar el alcance real de la actividad de estas plataformas multinacionales en el mercado español, permitiendo cruzar datos con las declaraciones presentadas.

Por su parte, las actuaciones a realizar en 2021 por la Inspección de Hacienda en relación con las criptomonedas son las siguientes:

  • Obtención de información procedente de diversas fuentes sobre las operaciones realizadas con criptomonedas. Se prevé su incorporación al modelo de bienes y derechos en el exterior, así como el establecimiento de una obligación informativa autónoma sobre criptomonedas.
  • Sistematización y análisis de la información obtenida, a efectos de facilitar las actuaciones de control de la correcta tributación de las operaciones realizadas y el origen de los fondos utilizados en la adquisición de las criptomonedas.
  • Potenciar la cooperación internacional y la participación en foros internacionales con el objeto de obtener información sobre las operaciones con criptomonedas y otros activos virtuales.

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Control del fraude en IVA

El contraste entre los datos declarados por los contribuyentes y la información periódica derivada del SII permitirá que se puedan fortalecer los mecanismos orientados a detectar irregularidades tributarias a partir de las conclusiones derivadas de la información disponible respecto del censo de contribuyentes que presentan mediante este sistema su información tributaria. La detección en el sector del comercio minorista de supuestos de elusión del recargo de equivalencia es un buen ejemplo de la potencialidad de estos contrastes.[/vc_column_text][vc_column_text]

Control del fraude en Impuesto sobre Sociedades

Tras las actuaciones derivadas de la ejecución del Plan de Control Tributario de 2020, se ha podido verificar que muchas entidades societarias acumulan saldos a compensar de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores. Tales saldos, que se están compensando en sede de la sociedad que los generó, pero también pueden hacerlo en otras que continúen su actividad, afectan directamente a la recaudación neta de este impuesto.

Por ello, durante el año 2021, de nuevo con el tradicional control sectorial y los planes de actuación contra la economía sumergida, la Inspección de Hacienda incidirá, mediante la continuación del Plan especial iniciado el pasado ejercicio, en expedientes en los que existan bases imponibles negativas para verificar la existencia del saldo, su exactitud, el origen del mismo y, en la medida permitida por el artículo 26.5 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, comprobar dichas bases imponibles negativas declaradas ya aplicadas o que estén pendientes de compensación.[/vc_column_text][vc_column_text]

Persecución de la economía sumergida

La Inspección de Hacienda también intensificará el control de la economía sumergida. El control del dinero abonado en efectivo en el marco de las transacciones económicas suele estar muy vinculado con la economía sumergida, por lo que con independencia de cuáles son los límites cuantitativos que se encuentren vigentes de acuerdo con la normativa aplicable, las operaciones en efectivo continuarán siendo objeto de atención una vez más por parte de la Administración tributaria.

Asimismo, la introducción en 2020 del Ingreso Mínimo Vital obliga a prestar atención a los casos en los que beneficiarios de la prestación puedan estar operando en la economía sumergida o incumpliendo las condiciones establecidas en su normativa reguladora.

Estas actuaciones inspectoras serán llevadas a cabo por la Inspección de Hacienda a través de requerimientos o incluso visitas a los domicilios particulares de los contribuyentes sin aviso previo.

Le recordamos que, desde Arrabe Asesores, como expertos en asesoramiento fiscal para empresas y particulares, podemos asesorarle y acompañarle si es objeto de una inspección fiscal por parte de la AEAT.  [/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es