[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]La nueva Tasa Google, regulada en la Ley del Impuesto sobre determinados servicios digitales, ya está en vigor desde el pasado 16 de enero de 2021, a pesar de la gran polémica que ha generado en los últimos años recibiendo importantes críticas por parte de multinacionales y, especialmente, del gobierno de Estados Unidos que ha amenazado con levantar aranceles si este impuesto veía la luz.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]La Tasa Google viene a gravar con un 3% los servicios de publicidad en línea, servicios de intermediación en línea y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario durante su actividad o la venta de metadatos de empresas con una cifra de negocios superior a 750 millones de euros a nivel mundial con un nivel de facturación en España superior a 3 millones de euros.
No obstante, quedan fuera de este impuesto la venta de bienes o servicios entre los usuarios en el marco de un servicio de intermediación en línea, las vetas de bienes o servicios contratados en línea a través de la web del proveedor de esos bienes o servicios o en la que el proveedor no actúa como intermediario, los servicios financieros, la venta online de retail o textil y las prestaciones digitales que sean realizadas entre entidades que formen parte de un grupo con una participación, directa o indirecta, del 100%.
Este nuevo impuesto, con el que el Ejecutivo pretende recaudar 968 millones de euros, se liquidará de manera trimestral y se comenzará a liquidar en el mes de julio.[/vc_column_text][divider line_type=»No Line»][vc_column_text]
La AEAT obliga a las tecnológicas a geolocalizar a sus clientes
Para gravar este impuesto, la AEAT ha anunciado que obligará a las empresas tecnológicas que operen en España a geolocalizar a sus clientes para determinar si están o no sujetos a la Tasa Google. Para ello, se atenderá al lugar de localización del dispositivo que viene dado por todos los detalles de la dirección que proporcione la tecnología de geolocalización empleada, entre ellos, en su caso, las coordenadas de latitud y longitud», apunta el Real Decreto. El lugar se obtendrá mediante tecnologías de geolocalización que analizan la información obtenida del dispositivo, de la red de conexión a internet en que se encuentre el dispositivo o de una combinación de ambos.[/vc_column_text][divider line_type=»No Line»][vc_column_text]
Críticas a la Tasa Google
A la espera de que se define, legisle y entre en vigor una normativa europea sobre fiscalidad de servicios digitales, España se ha adelanto y ha aprobado la Tasa Google que ha generado un gran número de críticas como la procedente de Estados Unidos que ha amenazado con levantar aranceles si este impuesto entra en vigor. Ya lo hizo con Francia, país que se echó atrás en la aprobación de su propia Tasa Google.
Por su parte, el Gobierno defiende la importancia de este impuesto para que las grandes empresas internacionales paguen impuestos donde obtienen sus ingresando, acabando así con prácticas de competencia desleal.
No obstante, la Tasa Google puede provocar que sea el usuario final el que asuma ese gravamen adicional, al verse incrementados los precios para sufragar ese nuevo impuesto.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]