El Gobierno aprueba el Plan RENOVE 2020 del Parque Nacional de Maquinaria Agrícola

por | Jun 24, 2020

[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]E l Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha aprobado el Plan RENOVE 2020 del Parque Nacional de Maquinaría Agrícola, un plan de subvenciones estatales de renovación del parque nacional de maquinaría agrícola, dirigido a titulares de explotaciones agrícolas que hayan adquirido o vayan adquirir tractores, maquinaría automotriz agrícola, abonadoras o equipos de aplicación de productos fitosanitarios, sembradoras directas o cisternas para purines equipados con dispositivo de localización con un importe de hasta 25.000 euros por beneficiario en función de la maquinaria.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]

Quiénes pueden solicitar estas ayudas del Plan RENOVE 2020 de maquinaria agrícola

Podrán participar en el Plan RENOVE 2020 del Parque Nacional de Maquinaria Agrícola quienes reúnan los siguientes requisitos:

  • Personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin personalidad jurídica, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA), o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA), o, en el caso de cooperativas, SAT u otras agrupaciones agrarias, que sus socios o miembros sean titulares de, al menos, en conjunto, tres de dichas explotaciones.
  • Personas físicas o jurídicas que prestan servicios agromecánicos con maquinaria agrícola a la agricultura, inscritas en el IAE en el epígrafe 911.
  • Agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera. Estas subvenciones solamente se destinarán para maquinaria y equipos agrícolas cuyo uso esté destinado a sus actividades específicas.

Para optar a las subvenciones será necesario adquirir alguna de las siguientes maquinarías:

  • Tractores.
  • Máquinas automotrices: de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios y fertilizantes, excluidas cisternas de purín.
  • Maquinas arrastradas o suspendidas: sembradora directa, abonadora, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, cisternas de purín con sistemas de localización de producto en el suelo (rejas y discos), tubos flexibles (mangueras) o rígidos (para aplicación justo sobre el suelo), así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de la cisterna)

La subvención se concederá solo por un único tractor o máquina nuevos por beneficiario y convocatoria, pudiendo achatarrar más de un tractor o máquina obsoletos del mismo tipo que los adquiridos.

Para poder optar a la subvención, la compra de maquinaria tiene que ser posterior al 15 de junio de 2020 y el plazo para aportar el certificado de retirada por el fabricante del accesorio de aplicación del purín antiguo es hasta el 30 de noviembre de 2020.

Cuantía de las ayudas del Plan RENOVE 2020

El importe de las ayudas dependerá de la maquinaría adquirida. Así, se establecen las siguientes tipologías:

  • Si lo que se adquiere es un tractor, se establecen las siguientes cuantías:
  1. 95 euros por kilowatio (kW) de la potencia fiscal que figure reflejada en la ficha técnica multiplicada por 5, de la máquina automotriz a retirar al final de su vida útil.
  2. La cuantía base se incrementará atendiendo a la clasificación energética del nuevo tractor, de acuerdo con la metodología actualizada en 2015, desarrollada por la Estación de Mecánica Agrícola y el IDAE, con los importes siguientes: Por clasificación en la categoría más alta de eficiencia energética (A): 3.000 euros; por clasificación en la segunda categoría más alta (B): 2.000 euros y por clasificación en la tercera categoría más alta (C): 1.000 euros.
  3. La cuantía base de la subvención se podrá incrementar, además, en 1.000 €, por cumplir el nuevo tractor adquirido con la fase IV de emisiones en su homologación,
  4. d) La cuantía de la subvención se incrementará en 1.000 €, atendiendo a las deficiencias de seguridad de los tractores retirados y entregados en un centro autorizado de descontaminación de vehículos (CADV),
  5. En todo caso, la cuantía base de esta subvención no sobrepasará 7.000 euros y la cuantía máxima no sobrepasará 12.000 euros por beneficiario, ni el 30 % del coste total de adquisición sin IVA o IGIC. En caso de superar dicho límite la cuantía de la ayuda se ajustará al 30 % del coste total sin sobrepasar la cuantía máxima
  • Si lo que se adquiere es una máquina automotriz agrícola, se establecen las siguientes cuantías:
  1. 95 € por kilowatio (kW) de la potencia de inscripción que conste en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola o, en caso de que en dicho registro no figure inscrita la potencia, se considerará la potencia fiscal reflejada en la ficha técnica multiplicada por 5, de la máquina automotriz a retirar al final de su vida útil.
  2. La cuantía total de la subvención se incrementará, asimismo, en 1.000 euros, por cumplir la nueva máquina automotriz adquirida en su homologación, con la fase IV de emisiones.
  3. La cuantía base de esta subvención no sobrepasará 24.000 euros y la cuantía máxima no sobrepasará 25.000 euros por beneficiario, ni el 30 % del coste total de adquisición sin IVA o IGIC. En caso de superar dicho límite la cuantía de la ayuda se ajustará al 30 % del coste total sin sobrepasar la cuantía máxima.
  • Si lo que se adquiere son maquinarias y equipos de aplicación de productos fitosanitarios, se establecen las siguientes cuantías:
  1. La cuantía base de la subvención se establece en el 30% de la inversión sin IVA, realizada para la nueva máquina, y no podrá superar los 4.500 euros en el caso de abonadoras y de 6.000 euros para los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
  2. El importe de la ayuda correspondiente a equipos de aplicación de productos fitosanitarios automotrices se calculará como el de las máquinas automotrices agrícolas, de acuerdo con el primer párrafo del apartado anterior.
  • Si lo que se adquiere son sembradoras directas, cisternas para purines equipadas con dispositivo de localización, se establecen las siguientes cuantías:
  1. 30% de la inversión sin IVA o IGIC realizada para la nueva máquina.
  2. La subvención no podrá superar los 20.000 euros.

No se concederán subvenciones por importe inferior a 1.000 €, a excepción de que la ayuda se destine a la adquisición de un dispositivo de aplicación localizada para cisterna de purines, en cuyo caso, el límite será de 600 €.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo 15 de septiembre, debiéndose presentar a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][/vc_column][/vc_row]

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es