[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]L os trabajadores que quieran puedan (y quieran) jubilarse a partir del 1 de enero de 2021 y cobrar así la correspondiente pensión de jubilación deberán acogerse a las nuevas normas que se aplican para las jubilaciones y todo ello sin tener en cuenta que, previsiblemente, a mediados de 2021 podría tener el Gobierno lista la nueva reforma de las pensiones.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Obviando las modificaciones que pueda contener esa nueva reforma de las pensiones, que tendrá en cuenta las recomendaciones del Pacto de Toledo, los trabajadores que se jubilen a partir del 1 de enero de 2021 deberán acogerse a las siguientes normas:
- La edad mínima de jubilación serán los 66 años de edad (cumplidos en 2021).
- Exigibilidad de 37 años y 3 meses de cotización para poder optar a una pensión de jubilación del 100% cuando se cumpla la edad mínima de jubilación (66 años).
- La opción de jubilación a los 65 años con el 100% de la prestación estará dirigido a los trabajadores que acumulen periodos muy prolongados de cotización al sistema (jubilación sin demora, por sobrecotización) y se establece en 2021 en los 37 años y 3 meses cotizados.
- Las aportaciones a la Seguridad Social que se tienen en cuenta de cara al cálculo de la pensión de jubilación serán las correspondientes a los últimos 24 años cotizados.
- Se mantiene la exigencia de cotización de 15 años para tener derecho a una pensión contributiva (si no se alcanzan, únicamente dispensará la Seguridad Social una pensión no contributiva).
[/vc_column_text][vc_column_text]
Revalorización de las pensiones de jubilación un 0,9%
Con la entrada en vigor de los Presupuestos Generales del Estado para 2021, las pensiones contributivas de jubilación se han incrementado en un 0,9% y las pensiones no contributivas en un 1,8%. Así, el importe de las distintas pensiones mínimas sería:
Titulares de la pensión | |||
Tipo de pensión |
Con cónyuge a cargo |
Sin cónyuge (Unidad económica unipersonal) |
Con cónyuge no a cargo |
Titular con 65 años |
851,00 euros/mes en 14 mensualidades | 689,70 euros/mes en 14 mensualidades | 654,46 euros/mes en 14 mensualidades |
Titular con menos de 65 años | 797,90 euros/mes en 14 mensualidades | 645,30 euros/mes en 14 mensualidades | 609,90 euros/mes en 14 mensualidades |
Titular con 65 años procedente de gran invalidez | 1.276,50 euros/mes en 14 mensualidades | 1.034,60 euros/mes en 14 mensualidades | 981,90 euros/mes en 14 mensualidades |
Por otro lado, la pensión de jubilación máxima será de 2.707,00 euros al mes en 14 mensualidades.[/vc_column_text][vc_column_text]
Pensión de viudedad en 2021
Las pensiones de viudedad también sufren una revalorización del 0,9% en 2021, quedando los importes del siguiente modo:
- La pensión mínima de viudedad para las personas menores de 60 años será de 522,50 euros al mes y 7.315,00 euros al año.
- Las pensiones mínimas de viudedad para las personas de entre 60 y 64 años serán de 645,30 euros al mes y 9.034,20 euros al año.
- Las pensiones mínimas de viudedad para las personas con 65 años o más o una discapacidad de al menos un 65% serán de 689,70 euros al mes y 9.655,80 euros al año.
- La pensión mínima de viudedad para las personas con cargas familiares será de 797,91 euros al mes y un total de 11.170,80 euros al año.
[/vc_column_text][vc_column_text]
Cómo se calculará la pensión de jubilación en 2021
Partiendo de las bases mínimas de cotización según la edad y circunstancias familiares del solicitante, la base reguladora de la pensión de jubilación se calculará dividiendo entre 288 (24 años) las bases de cotización del interesado durante los 336 meses (28 años) inmediatamente anteriores al mes previo a la jubilación.
No obstante, si desea solicitar su pensión de jubilación en 2021 le recomendamos que contacte con nuestro Despacho en el teléfono 917 140 489 para pedir presupuesto. [/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]