La pensión de jubilación parcial debe calcularse como si se hubiera cotizado al 100%

por | Oct 27, 2020

L a Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha fijado, en una de sus últimas sentencias, que a la hora de calcular la base reguladora de la pensión de jubilación parcial de un trabajador se debe tener en cuenta el 100% de cotizaciones sociales como si hubiese trabajado a jornada completa.

En esta sentencia, el Alto Tribunal establece que, ante la solicitud de pensión de jubilación de un trabajador, cuando ésta viene precedida de una jubilación parcial de éste y una celebración, por parte de la empresa, de un contrato de relevo, la pensión de jubilación debe calcularse como si el trabajador hubiera cotizado al 100% en jornada completa.

Concretamente, el Supremo, amparándose en el artículo 18.2 del Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial, así como la jubilación parcial, establece que «para el cálculo de la base reguladora de la pensión se tendrán en cuenta las bases de cotización correspondientes al período de trabajo a tiempo parcial en la empresa donde redujo su jornada y salario, incrementadas hasta el 100% de la cuantía que hubiera correspondido de haber realizado en la empresa, en dicho período, el mismo porcentaje de jornada desarrollado antes de pasar a la situación de jubilación parcial, y siempre que la misma se hubiese simultaneado con un contrato de relevo».

Qué dice la sentencia sobre el cálculo de la base regulación en la jubilación parcial

En la sentencia, el Tribunal Supremo viene a contradecir la decisión del Juzgado de lo Social número 23 de Madrid y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, en dos sentencias, de 2017 y 2018 consideraban que era correcto que el cálculo de la base reguladora sólo tuviera en cuenta las cotizaciones correspondientes al 15% de la jornada que realizó durante el tiempo en el que estaba jubilado de manera parcial.

El Alto Tribunal contradice esta actuación y establece que a la hora de calcular la base reguladora de la pensión de jubilación parcial de un trabajador se debe tener en cuenta el 100% de cotizaciones sociales como si hubiese trabajado a jornada completa.

 

Ruth Muñoz Cruz

Directora Comunicación Corporativa y Marketing Online
ruth.munoz@gefiscal.es